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Fiscal Aguirre pide 818 días de presidio para sujeto que fue sorprendido conduciendo en estado de ebriedad, luego de que se la había suspendido la licencia por tres años por el mismo delito

Fiscal Aguirre pide 818 días de presidio para sujeto que fue sorprendido conduciendo en estado de ebriedad, luego de que se la había suspendido la licencia por tres años por el mismo delito

 

TRIBUNAL2El día 5 de enero de 2014, aproximadamente a las 9,20 horas y en circunstancias que el imputado, Luis Alberto Vidal Marimán, conducía en estado de ebriedad  y con licencia de conducir suspendida el automóvil marca Nissan, modelo V-16, placa patente WP. 5404, por calle Rómulo Correa en dirección al oriente de esta ciudad,  al llegar al semáforo existente en la intersección con avenida Frei se detuvo frente a la luz roja, no pudiendo retomar la conducción, siendo lo anterior advertido por personal policial que transitaba detrás del imputado, lo que provocó que sea fiscalizado por funcionarios de Carabineros quienes se percataron que se encontraba en estado de ebriedad.

El evidente estado de ebriedad del imputado, quedó de manifiesto para el personal aprehensor, dado a su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar, lo que fue ratificado por el resultado del examen de alcoholemia el que arrojo una dosificación de alcohol en su sangre de 1,60 gramos por mil.

Cabe agregar que el imputado se desempeñaba en la conducción del referido móvil, en conocimiento que se le había sido suspendida su licencia de conducir, por el lapso de tres años, en virtud de sentencia condenatoria dictada en su contra en el Juzgado de Garantía de esta ciudad, por el delito de manejo en estado de ebriedad, dictada con fecha 24 de julio de 2013.

Circunstancias Modificatorias

 Concurre la circunstancia agravante de Reincidencia específica, prevista en el artículo 12 nº 16 del Código Penal.

Pena  Solicitada

 Tras lo anterior, se solicita, en definitiva, se aplique al acusado Luis Alberto Vidal Marimán, en su calidad de autor de los delitos consumados de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, con   licencia de conducir ,suspendida ilícito penal previsto y sancionado en los artículos 110 en relación a los artículos 196 y 209 de la Ley 18290,. la pena de 818 días de presidio menor en su grado medio, multa de diez (10) unidades tributaria mensuales y la pena de suspensión de la licencia  para conducir vehículos de tracción mecánica por cinco años todo ello con las accesorias legales que corresponden y costas de la causa.