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Aumentan exigencias para el traslado de niñas y niños en vehículos livianos

Aumentan exigencias para el traslado de niñas y niños en vehículos livianos

La ley 20.904 perfecciona la legislación vigente en lo relativo al transporte de menores en vehículos livianos y aumenta las sanciones para aquellos conductores que no trasladen a los niños/as en asientos traseros o que no utilicen sistemas de retención infantil.

SIATCon el objeto de aumentar las exigencias en materia de seguridad para el traslado de niños, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones apoyó una iniciativa legal propuesta por diputados, que fue aprobada de manera transversal como ley por el Congreso en enero pasado.

Esta ley, la N°20.904, amplía la edad de traslado de niños en el asiento trasero hasta los 12 años. Esta medida entrará en vigencia a partir de la publicación de esta ley en el Diario Oficial (16 de marzo) Se exceptúan de esta obligación los vehículos de cabina simple.

La ley también amplía la edad de uso de sistemas de retención infantil hasta los 8 años inclusive, además de incorporar características de peso y talla (135 cm y 33 Kg). Esta nueva exigencia entrará en vigencia en un año más, es decir, a partir de marzo de 2017. Se exceptúan de esta obligación los servicios de transporte de pasajeros en taxi, en cualquiera de sus modalidades. Un reglamento determinará qué sistema de retención se aplicará para cada edad y peso.

Por último, la iniciativa aumenta las sanciones por no llevar a un niño en sistema de retención infantil, pasando de ser una falta grave a una gravísima (equivalente a una multa aproximada entre 1,5 a 3 UTM (entre $66.000 y $132.000), más la suspensión de licencia de conductor entre 5 y 45 días. Igual multa tendrán aquellos conductores que trasladen a menores de 12 años en el asiento del copiloto.

Antes de esta modificación, la Ley de Tránsito prohibía el traslado de menores de 8 años de edad en los asientos delanteros de los vehículos, y exigía que los niños menores de 4 años fueran trasladados en sillas.

El seremi de Transportes Gabriel Muñoz Obando, señaló, proteger la vida de nuestras niñas y niños es uno de los objetivos centrales de nuestro trabajo en materia de seguridad de tránsito, es por eso que el año pasado apoyamos una moción parlamentaria que se convirtió en ley, y que aumenta las exigencias de seguridad para el traslado de niños.

Por otra parte, en un año más entrará en vigencia la ampliación de la exigencia de trasladar a los niños menores de 8 años en sillas o sistemas de retención infantil. Hasta ahora, esta exigencia regía sólo para niños de hasta 4 años.

Con esto, lo que buscamos no es multar a los conductores, sino que proteger la vida de niñas y niños. Recordemos que la primera causa de muerte de niños entre 0 y 14 años son los accidentes de tránsito, puntualizó el seremi.