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Autoridades regionales se refieren a Consulta Indígena en la región de Magallanes

Autoridades regionales se refieren a Consulta Indígena en la región de Magallanes

La consulta se sustenta en dos grandes principios, uno que la tierra indígena es y seguirá siendo indígena, y dos el respeto absoluto al Convenio 169 que determina que todo proceso de Consulta Indígena debe realizarse con información previa, de buena fe y con flexibilidad.

Punta Arenas 31 de mayo 2019.- Tras realizar las primeras reuniones del proceso de Consulta Indígena 2019 en Magallanes, liderado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia en conjunto con todo el Gobierno, la Seremi de Desarrollo Social y Familia, Liz Casanueva junto a la Seremi de Gobierno, Alejandra Muñoz, informan como ha sido el proceso y destacan que dicho proceso se enmarca en el Acuerdo Nacional por la Araucanía presentado por el Presidente Sebastián Piñera en septiembre de 2018, que busca actualizar la Ley Indígena a 25 años de su promulgación.

Ante esto la Seremi de Desarrollo Social y Familia, Liz Casanueva dijo: “esta semana hemos llevado la consulta a tres pueblos, quienes han manifestado su opinión con respecto a la consulta y por supuesto hay algunos grupos que han decidió restarse y otros que han querido seguir con la consulta, y eso nos da cuenta de una exitosa primera semana en lo que ha sido en la comuna de Punta Arenas. Quienes se manifestaron quedó en un acta su intención de no participar y por supuesto los que continúan siguen el proceso. Estamos en la primera etapa, etapa que cuenta con tres talleres, esta semana fue el taller uno y la dos, donde podrán discutir estas 11 normas que se quieren modificar, pero también vamos recoger las que ellos quieren incluir y las vamos a trabajar para que se lleve a nivel esta propuesta”.

Así mismo, la Seremi de Gobierno, Alejandra Muñoz expresó:“ queremos agradecer en Magallanes a los gobernadores, al intendente y a los distintos seremis que han participado como veedores de este proceso para poder llevar a cabo la Consulta Indígena, proceso enmarcado dentro del acuerdo nacional de La Araucanía, uno de los pilares fundamentales del Presidente Sebastián Piñera. En Magallanes tuvimos éxito en la primera comuna, Punta Arenas, con tres pueblos como dijo la seremi de desarrollos social, la cual se llevo a cabo de forma ordenada, respetuosa y es la forma en la que queremos que también se lleve a cabo en el resto de las comunas de nuestra región”.

La consulta se sustenta en dos grandes principios, uno que la tierra indígena es y seguirá siendo indígena, y dos el respeto absoluto al Convenio 169 que determina que todo proceso de Consulta Indígena debe realizarse con información previa, de buena fe y con flexibilidad.

La importancia de este proceso está dado porque es el paso previo para cualquier actualización a la Ley Indígena y más importante aún, porque nuestro Gobierno cree firmemente en el derecho de participación ciudadana de toda persona indígena, este proceso lo estamos llevando a cabo después de más de un año de trabajo con las propias comunidades, tiempo en el que hemos podido recoger sus inquietudes para elaborar las propuestas que hoy estamos consultando.

Las cinco etapas del proceso son: Planificación, del 22 de mayo al 28 de junio; Entrega de Información, del 1 de julio al 5 de agosto; Deliberación Interna, del 6 de agosto al 10 de septiembre (etapa donde no participan funcionarios públicos); Diálogo, del 21 de octubre al 26 de noviembre, y Sistematización de los resultados y término del proceso, contemplado para el 17 de diciembre.

Hasta la fecha, se han realizado encuentros locales en 12 regiones del país y se han llevado a cabo 58 reuniones de un total de 132. De los realizados, 38 continúan en proceso de consulta y 20 serán reagendados. Faltan por realizar 74 talleres.

Once son las medidas propuestas a consultar en este proceso:

1. Posibilitar a las comunidades indígenas recibir o generar títulos individuales de dominio.

2. Permitir que el derecho real de uso y derecho real de goce puedan constituirse en título individual de dominio.

3. Eliminar la restricción de subdivisión mínima de 3 hectáreas, aplicándose las reglas generales de subdivisión.

4. Reglamentar el mecanismo de permuta de tierras indígenas para clarificar y precisar sus condiciones.

5. Permitir la venta de tierras indígenas entre indígenas a partir de los 5 años contados desde su entrega.

6. Permitir la realización de contratos de arriendos, comodatos o medierías en tierras indígenas por un plazo de hasta 25 años.

7. Permitir mecanismos alternativos y voluntarios de reparación a los problemas de tierras indígenas.

8. Permitir el acceso a beneficios asociados a la calidad indígena solamente a personas con calidad indígena adquiridas por el artículo 2° letras a) y b) de ley indígena.

9. Mayores requisitos para la constitución de nuevas comunidades indígenas.

10. Permitir que las asociaciones indígenas puedan ser constituidas por un mínimo de 2 integrantes.

11. Permitir que las asociaciones indígenas puedan postular al fondo de desarrollo indígena.