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Resumen hechos Juicio Oral martes 17 de Noviembre – Robo con Violencia- Homicidio Frustrado- Violación de Morada- Amenazas

Resumen hechos Juicio Oral martes 17 de Noviembre – Robo con Violencia- Homicidio Frustrado- Violación de Morada- Amenazas

Fiscal Álvaro Pérez Astorga

tribunalesHECHO UNO.

El día martes 01 de mayo de 2014 siendo las 06:00 Hrs. aproximadamente mientras la víctima, don J.O.M. se encontraba al interior de su domicilio ubicado en .Puerto Natales, llegó hasta dicho lugar la imputada KAROLINE MONSERRAT PÉREZ AGUILAR, en compañía de otra mujer quienes primero golpearon la puerta de acceso al inmueble y en los momentos en que la víctima abría levemente la puerta, la imputada PÉREZ AGUILAR ingresó a la vivienda empujando a la víctima quien a raíz de ello cayó sobre un sillón, momento en el cual la imputada aprovechando que la otra mujer tomó una camisa de la víctima colocándola a esta sobre el cuello, reteniendo al señor Oyarzo Mansilla, momento en el cual la imputada Pérez Aguilar procedió a tomar la billetera de la víctima y sustraer de su interior la cantidad de $40.000 pesos en dinero efectivo, y luego en los momentos en que la víctima había caído al suelo intentando defenderse de la mujer que acompañaba a la imputada, Pérez Aguilar desde un dormitorio sacó un teléfono celular marca LG de color negro Nº 97540204 con Chip de la empresa MoviStar de propiedad de la víctima para luego huir del lugar llevándose consigo las especies de la victima, no sin antes amenazarlo diciéndole que si llamaba a los pacos volverían a romperle su casa, sin embargo éste logró pedir auxilio a vecinos. A raíz de lo anterior la víctima resultó  con una lesión  erosión de rodilla izquierda.

HECHO DOS.

El día  28 de octubre de 2014, en horas de la madrugada y mientras la victima J.M. de 74 años de edad, se encontraba el interior de su domicilio ubicado en Puerto Natales, la imputada Karoline Monserrat Pérez Aguilar, con animo homicida  procedió a agredirlo, con un cuchillo de 12.5 cms. De hoja y 12.5 cms. de empuñadura propinándole estocadas en diferentes partes del cuerpo en tórax, cuello, cabeza y extremidades, para luego retirarse del lugar abandonando en dicho lugar a la víctima, quien logró pedir auxilio a familiares, quienes junto al SAMU le socorrieron y brindaron atención de urgencia trasladándolo hasta el hospital de Puerto Natales dadas las lesiones que la imputada le causó, las que consisten en Heridas cortopunzantes múltiples, torácicas, cervicales, en cabeza y extremidades, lesiones que le hubieran causado la muerte de no mediar atención medica oportuna.

Asimismo y momentos después cuando Carabineros efectuaba un control de identidad a la imputada previo a su detención fue sorprendida portando consigo un arma cortante del tipo cuchillo de  de 21 cms., de hoja y 12 cms., de empuñadura, especie que la imputada portaba consigo sin dar razón justificada para su porte en la vía pública.

HECHO TRES.

Que el día 28 de octubre de 2014, alrededor de las 02:45 Hrs. la imputada Karoline Monserrat Pérez Aguilar llego hasta el domicilio de la victima don A. H. C. B. ubicado en Puerto Natales, donde luego de golpear la puerta, la imputada contra la voluntad de su dueño la víctima ingresó a la vivienda de éste, solicitando que la victima le compre comida, y ante la negativa de este la imputada tomó una tijera que se encontraba en el lugar intentando con ella agredir a la víctima insistiéndole que le comprara comida, momento en que la víctima  solicitó ayuda a su hijo que se encontraba durmiendo en el lugar, momentos en los cuales la imputada con la tijera referida siguió a la victima por el lugar, siendo finalmente don A. auxiliado por su hijo huyendo la imputada del lugar, llevándose consigo la mencionada tijera.

  1. Pena(s) solicitada(s):

Por el delito de Robo Con Violencia (Hecho uno),  la pena de Ocho (8) años de Presidio mayor en su grado mínimo; Por el delito de Homicidio Frustrado (Hecho dos), la pena de Ocho (8) años de presidio mayor en su grado mínimo; Por el delito de Porte de Arma Cortante a la pena de 300 días de Presidio menor en grado mínimo; Por el delito de violación de Morada, a la pena de 300 días de Reclusión menor en su grado mínimo; y por las amenazas, a la pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, a las accesorias legales del art. 28  y 30 del Código Penal  en su caso, comiso de una tijera tipo costurera sin marca, de dos cuchillos  uno de empuñadura de color azul y uno de empuñadura de madera y costas de la causa.