Asistentes de la Educación de Magallanes se oponen a la desmunicipalización
El Gobierno tiene hasta junio de este año, como fecha para zanjar uno de los proyectos más emblemáticos de su agenda; la desmunicipalización de la educación.
La propuesta, que fue caballito de batalla en época de elecciones, se ha convertido a dos años de gestión de Michelle Bachelet, en la piedra de tope que impide avanzar en la batería de iniciativas transformadoras del Gobierno de la Nueva Mayoría.
El proyecto fue firmado por la Presidenta el 2 de noviembre pasado, y tiene defensores entre las filas de la NM y detractores transversales. Independiente de las virtudes que pueda levantar, y entre ellas terminar con un sistema perverso imperante desde hace más de 30 años, las limitantes e indefiniciones prometen que a partir de marzo, la lucha por constituir la nueva educación pública será sin tregua.
La iniciativa se restringe a cambios de la administración, dejando en la nebulosa la nueva lógica de financiamiento y la distribución de los recursos, como así también la seguridad de la fuente laboral de miles de trabajadores a nivel país. El nuevo sistema de educación pública, al que pertenecerán los establecimientos estatales, se constituirá en servicios de educación local.
El sindicato de Asistentes de la Educación de Punta Arenas, y las Federaciones Nacionales, se han opuesto y han presentado indicaciones tendientes a respetar el movimiento sindical, la estabilidad de sus dirigentes, el fuero laboral, el derecho a la negociación colectiva, el derecho a huelga, la vigencia de los contratos individuales y colectivos de trabajo. A su vez, demandan que conjuntamente con el traspaso a los Servicios Local de Educación, se les indemnicen los años ya trabajados porque en realidad, según ellos, se encubre un cambio de empleador que se ejecutaría sin el consentimiento del trabajador. Igualmente, demandan que los municipios y corporaciones municipales sean solidariamente responsables de las deudas laborales y previsionales. “Pues esta reforma, castigaría a quienes han tenido una buena gestión y premia a quienes dejarían deudas y un hoyo previsional en perjuicio de los trabajadores. Hemos hecho presente la necesidad de formular exigencias para el traspaso que garanticen una buena gestión en el período de transición que no permita los despidos, el nepotismo y las contrataciones de última hora”, dijo el Presidente del Sindicato de los Asistentes de la Educación de Punta Arenas, Javier Quintul.
Punto de quiebre
El proyecto de ley en su artículo 37 transitorio, trata del traspaso de los profesionales de la educación, asistentes de la educación y personal de educación parvularia, a su vez, el artículo 38 versa sobre la protección de los derechos de los trabajadores. Estos dos puntos, representan los ejes fundamentales de la batalla que los asistentes de la educación darán, específicamente desde Punta Arenas, ya que el presidente de ese sindicato, fue invitado en dos oportunidades, al Ministerio de Educación junto a su directiva local, oportunidad en la que expresaron una vez más su rechazo tajante a lo que ellos consideran es un retroceso en los derechos obtenidos.
Quintul señaló: “En nuestro análisis, se destacan las diferencias que existen entre los asistentes de la educación, según que, éstos presten servicios para los municipios o corporaciones municipales, y que tienen su origen en el distinto trato que el legislador les dio en la Ley 19.464, específicamente en lo concerniente al derecho de asociación y a la negociación colectiva, conforme a los artículos 4, 6 y 14 de la Ley 19.464 y supletoriamente por el Código del Trabajo”.
La reunión realizada este miércoles en Santiago, fue determinante para que los legisladores distinguieran las distintas naturalezas jurídicas del empleador para los cuales prestan servicio los trabajadores asistentes de la educación, pues si bien, en las Direcciones de Educación Municipal, como en las Corporaciones Municipales de Educación, se rigen por la Ley 19.464 y supletoriamente por el Código del Trabajo, en el caso de las corporaciones éstas no integran la Administración del Estado, en cambio las Direcciones de Educación Municipal, integran la orgánica municipal.
En un caso, se reconoció expresamente el derecho a la negociación colectiva, en el otro se les remitió a la Ley 19.296, congruente con la distinta naturaleza jurídica de la institución.