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Corte de Punta Arenas decreta presidio efectivo para autor de maltrato animal y otros ilícitos

Corte de Punta Arenas decreta presidio efectivo para autor de maltrato animal y otros ilícitos

imputadoLa Corte de Apelaciones de Punta Arenas condenó hoy lunes 12 de septiembre, a Hernán Esteban Gómez Haro a dos penas de 100 días de reclusión  de cumplimiento efectivo como autor de los delitos de maltrato animal y amenazas no condicionadas a menor de edad,  hechos ocurridos el 13 de abril de 2016, en la ciudad.

En fallo dividido, el tribunal (causa rol 151-2016) –integrado por las ministras María Isabel San Martín (presidenta), Marta Jimena Pinto y el ministro Marcos Kusanovic- revocó la decisión de Juzgado de Garantía de Punta Arenas que había decretado el cumplimiento de las penas bajó el régimen de arresto nocturno en centro penitenciario y  concluyó que no se reúnen las exigencias para imponer al sentenciado la pena sustitutiva de reclusión parcial, solicitada por la defensa, toda vez que en primer término no se acredita que mantenga alguna relación laboral o desempeño en esta área que haga sostenible lo alegado a su favor.

La resolución asegura que  “teniendo presente además, que registra veintiuna anotaciones por distintos ilícitos en su extracto de filiación y antecedentes, entre las que se han mencionado condenas por robo con violencia, es decir, por variados delitos y entre ellos algunos de gravedad, de modo que su nutrido prontuario como adulto, da cuenta de una conducta refractaria de su parte a través del tiempo, que impone como única medida adecuada para la reinserción del acusado el cumplimiento efectivo de la pena corporal que se le aplica en esta causa”.

Por lo tanto se decide: “SE REVOCA, en su parte apelada, la sentencia de fecha veintisiete de agosto del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, por la cual se impuso al acusado la pena sustitutiva de reclusión parcial, de carácter nocturno y penitenciario, y en su lugar se resuelve que el sentenciado Hernán Esteban Gómez Haro deberá dar cumplimiento efectivo a las penas corporales impuestas en dicha sentencia”, agrega el fallo.

La sentencia fue dictada con el voto en contra de la ministra San Martín, quien estuvo por confirmar la resolución de primera instancia.