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Tercer Juzgado de Letras de Punta Arenas ordena al fisco indemnizar a familia de adolescente que se suicidó en ex Hospital Regional

Tercer Juzgado de Letras de Punta Arenas ordena al fisco indemnizar a familia de adolescente que se suicidó en ex Hospital Regional

El Tercer Juzgado de Letras de Punta Arenas acogió este martes 10 de enero la demanda por indemnización de perjuicios presentada en contra del Estado de Chile por la madre y hermanos de Nicolás Fernando Cárdenas Núñez, menor que se suicidó en 2010, mientras permanecía internado en la unidad de siquiatría del ex Hospital Regional de Magallanes.

La resolución (causa rol 1244-2014), dictada por la jueza Isabel Margarita Zúñiga, ordena a pagar por concepto de daño moral la suma de $40.000.000 (cuarenta millones de pesos) a Elizabeth Núñez Fuentealba, madre del menor fallecido; y $5.000.000 (cinco millones de pesos) a cada uno de los cinco hermanos, más intereses que se generen desde que la sentencia quede ejecutoriada hasta el pago efectivo, además del pago de las costas de la causa.

“(…) la Lex Artis, entendida como un conjunto de prácticas médicas aceptadas generalmente como adecuadas para tratar a los enfermos en el momento presente con las peculiaridades personales de cada paciente, considerando las profesiones cualificadas por su especialización y preparación técnica, cuentan para su ejercicio con unas reglas que en consonancia con el estado del saber de esa misma ciencia, marcan las pautas dentro de las cuales han de desenvolverse los profesionales”, sostiene el fallo.

Resolución que agrega: “Lo anterior, hacía en consecuencia indispensable que se adoptaran todas las medidas que era dable esperar para un recinto de salud público como es brindar una atención adecuada, de cuidado, protección, contención y vigilancia respecto de un menor de tan solo trece años de edad, que presentaba un consumo problemático de solventes, de alta complejidad e impulsividad, que quedaba solo en sala de asilamiento, bajo llave, sin supervisión permanente de algún funcionario, con altos niveles de angustia, olvidando que se trataba de un niño”.

“En efecto –continúa–, la organización no actuó como era esperable de un servicio de salud psiquiátrico, a quien un tribunal de familia confió el cuidado y rehabilitación de un infante, y no prestó un eficiente ni adecuado servicio al paciente Cárdenas Núñez, lo que terminó con su muerte producto de un ahorcamiento, lo que provocó daño a los actores, que deberán ser resarcidos”.