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Senadora Goic destacó despacho de proyecto que sanciona el maltrato extra familiar contra niños y adultos mayores

Senadora Goic destacó despacho de proyecto que sanciona el maltrato extra familiar contra niños y adultos mayores

La parlamentaria señaló que el cuerpo legal aprobado por la Cámara Alta tiene por objeto establecer nuevas penas, delitos y reglas procedimentales y de penalidad, respecto a conductas que involucren violencia o maltrato psíquico o físico, en contra de menores de edad, adultos mayores o personas en situación de discapacidad.

En esa línea, la senadora aclaró que se incorpora, dentro de la Escala General de Penas de crímenes del Código Penal, las de inhabilitación absoluta perpetua y de inhabilitación absoluta temporal, para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales, de la salud o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de 18 años de edad, adultos mayores o personas en situación de discapacidad.

Asimismo, la legisladora agregó que la pena de inhabilitación absoluta temporal tendrá una extensión de 3 años y un día a 10 años, mientras que se sancionará con prisión en cualquiera de sus grados (de 1 a 60 días) y multa de 1 a 4 a quien, de manera relevante, maltratare corporalmente a un niño, niña o adolescente menor de 18 años de edad, adulto mayor o persona en situación de discapacidad, salvo que el hecho sea constitutivo de un delito de mayor gravedad.

Además, la representante de la XII Región explicó que se faculta al juez para decretar como pena accesoria, la asistencia a programas de rehabilitación para maltratadores o el cumplimiento de un servicio comunitario por un plazo que no podrá exceder de 60 días.

Finalmente, Goic detalló que se crea, en el Registro General de Condenas, dos secciones accesibles a través de medios electrónicos: La primera denominada «Inhabilitaciones impuestas por Delitos de Connotación Sexual cometidos contra Menores de Edad» y, la segunda «Inhabilitaciones impuestas por Delitos contra la vida, integridad física o psíquica de menores de 18 años de edad, adultos mayores y personas en situación de discapacidad», en las cuales se registrarán todas las inhabilitaciones para ejercer cargos o desempeñarse en lugares en las que se deba vincular con los grupos protegidos por estas normas, que hayan sido impuestas por sentencia ejecutoriada.