contadores web

Aprueba la Cámara de Diputados proyecta que faculta al Ministerio Público a querellarse por delitos tributarios

Aprueba la Cámara de Diputados proyecta que faculta al Ministerio Público a querellarse por delitos tributarios
Valparaíso, 12 de julio 2011 (UPI). El ministro de Hacienda Felipe Larraín participó en la votación del las observaciones por parte del ejecutivo en el proyecto de Salario mínimo, el cual fue rechazado por la comisión de hacienda quien no aprobó el reajuste de 5.8 % es decir de 182.000. (UPI/Jonathan Mancilla)

En votación divida de 60 votos a favor, 31 en contra y trece abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó hoy la idea de legislar en torno al proyecto (boletín 9954) que faculta al Ministerio Público para querellarse por delitos tributarios, facultad que hoy solo posee el Servicio de Impuestos Internos (SII).

La iniciativa fue presentada a la Sala en el día de ayer a través de los informes de las Comisiones de Hacienda y de Constitución, que presentaron una visión contrapuesta sobre la materia: mientras la primera propuso rechazar la idea de legislar; la segunda recomendó su aprobación.

El proyecto, conforme al texto vigente de Constitución, presenta un artículo único que modifica el Código Tributario restando la citada atribución exclusiva del SII, para entregarla también al Ministerio Público.

En línea con lo anterior, se especifica en el cuerpo legal dicha atribución: “El Ministerio Público podrá investigar y ejercer la acción pública por los delitos tributarios de que tomare conocimiento con ocasión de las investigaciones que realizare”.

Adicionalmente, se determina que el Servicio de Impuestos Internos podrá solicitar los antecedentes respecto a delitos tributarios al fiscal que tuviere a cargo la investigación, con la sola finalidad de decidir si ejercerá las atribuciones que le otorga la ley en esta materia.

Cabe mencionar que el informe de la Comisión de Constitución también se hace cargo del planteamiento hecho por la Comisión de Hacienda, en cuanto a que la norma debiera ser aprobada con un quórum de Ley Orgánica Constitucional (cuatro séptimos).

«No altera para nada la facultad genérica del Ministerio Público para ejercer acción penal pública, contemplada en la Constitución y en su ley orgánica, ya que la remisión al artículo 162 del Código Tributario es, precisamente, a una de las formas previstas en la ley, contemplada en un cuerpo legal que no reviste, en esta materia el rango de norma orgánica constitucional», sentencia el informe de Constitución.

Se agrega luego que «el texto propuesto por el proyecto de ley solo tendría este carácter si alterara, de algún modo, el artículo 1º de la ley orgánica constitucional del Ministerio Público, lo que en la esencia no ocurre».

Datos de la discusión

Durante el debate, los representantes de la Nueva Mayoría que intervinieron se manifestaron a favor de avanzar en el tema, como señal de transparencia y probidad hacia la ciudadanía; al tiempo que defendieron el rol de la Fiscalía en materia de persecución criminal, inclusive en ámbitos tributarios.

De manera contraria, varios de los diputados de la oposición que expusieron llevaron la discusión a un plano más bien político, llegando, incluso, a dudar de la independencia del Ministerio Público para abordar temas como el que ha afectado a parlamentarios de su sector, con las llamadas boletas ideológicamente falsas, entre otras.

También hubo voces que hicieron eco de los comentarios del Ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés, que, en el día de ayer, presentó su objeción a la propuesta legal.

En concreto, refutó la admisibilidad de la iniciativa, al considerar que es facultad exclusiva del Ejecutivo definir las funciones de los Servicios Públicos; remarcó que solo el SII tiene la capacidad técnica para determinar cuándo es procedente avanzar por la vía penal y cuándo no; y afirmó que esta facultad es complementaria al ejercicio de fiscalización. Asimismo, recalcó que el Servicio no ejerce su facultad en forma aleatoria o arbitraria y destacó que no avanzar por la vía penal no implica impunidad, por cuanto se hacen valer las responsabilidades infraccionales.

El proyecto continuará ahora su trámite en la Comisión de Constitución, con la discusión del articulado y las indicaciones que se presenten, para luego volver a la Comisión de Hacienda, por el plazo de una semana.