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¿Cómo funcionan las nuevas restricciones al transporte y a los desplazamientos de personas?

¿Cómo funcionan las nuevas restricciones al transporte y a los desplazamientos de personas?

Este jueves 1 de abril, el Gobierno anunció una serie de medidas que buscan mitigar el impacto sanitario del Covid-19 (coronavirus) en Chile.

Entre ellas se contempla, a partir de las 05:00 horas del próximo lunes, el cierre de las fronteras durante abril (salvo situaciones extraordinarias o imprescindibles) para chilenos/as y extranjeros residentes. Además, se prohibirá el ingreso de extranjeros y extranjeras no residentes.

“Con esta nueva medida, solo pondrán ingresar a Chile aquellos que no se encuentren en la lista que la OMS (Organización Mundial de la Salud) ha declarado como transmisión comunitaria”, puntualizó la subsecretaria de Prevención del Delito, Katherine Martorell.

Para los choferes de camiones, ítem importante para la industria acuícola-pesquera (fundamentalmente la del salmón), la autoridad precisó que “el ingreso por frontera terrestre solo se permitirá con PCR (reacción en cadena de la polimerasa) negativo máximo de 72 horas, además de exámenes aleatorios de antígenos”.

Para la obtención del Permiso Único Colectivo (PUC) se deberá informar: el total de trabajadoras y trabajadores de la empresa; el número de trabajadoras y trabajadores esenciales que requieren el PUC; y la labor que estas y estos trabajadores realizan (las y los funcionarios de la salud no quedan sujetos a estas medidas y no requieren un PUC).

De igual manera, la subsecretaria de Prevención del Delito confirmó el adelanto del toque de queda en todo el territorio nacional para las 21:00 horas. Esto, también a contar del próximo lunes.

Por otro lado, Katherine Martorell detalló que se eliminan los giros esenciales de manera temporal. Por ejemplo, ventas al por menor de prendas y accesorios de vestir, calzado en comercio especializado, venta al por mayor de perfumes, tocador y cosméticos, entre otros.

“La actividad esencial será quienes desempeñen funciones que no pueden ser realizadas telemáticamente y que son imprescindibles. Es así como quedan fuera: labores administrativas, contables, financieras y de asesorías y consultorías”, enfatizó, añadiendo que se restringe la definición de bienes esenciales de uso doméstico: “Son aquellos bienes o servicios que tienen por fin ser utilizados por las personas dentro del domicilio, en comunas que se encuentren en fase 1 (cuarentena) o 2 (transición) del Plan Paso a Paso, y que son imprescindibles para la subsistencia (alimentos, medicamentos, artículos de aseo e higiene personal), el teletrabajo, la educación a distancia y la conservación, funcionamiento y seguridad del inmueble”.