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Pleno de la Convención aprobó normas sobre autonomía financiera y definiciones sobre tributos y quedan ingresados a texto constitucional

Pleno de la Convención aprobó normas sobre autonomía financiera y definiciones sobre tributos y quedan ingresados a texto constitucional

Uno de los artículos más comentados durante la discusión previa a la votación esta semana del tercer informe de la Comisión de Forma de Estado fue el referido a la autonomía financiera de las entidades territoriales.

Esta norma, aprobada por el Pleno por 108 votos, establece que las regiones y comunas autónomas “gozarán de autonomía financiera en sus ingresos y gastos”.

Esta autonomía “deberá ajustarse a los principios de suficiencia, coordinación, equilibrio presupuestario, solidaridad y compensación interterritorial, sostenibilidad, responsabilidad y eficiencia económica”.

En resumen, este conjunto de artículos propuestos tiene como objetivo equilibrar la autonomía de las entidades territoriales y el principio de solidaridad y equidad territorial. Asimismo, la Ley de Presupuestos, de manera progresiva, propenderá a que una parte significativa del gasto público se ejecute a nivel de los gobiernos regionales.

Entre los artículos aprobados, en la sesión del 12 de abril, destaca el orientado a la “sostenibilidad ambiental”. Este señala que el Estado y las entidades territoriales establecerán, en sus competencias financieras, una política permanente de desarrollo sostenible y armónico con la naturaleza.

Tributos

Del citado informe, también las y los constituyentes aprobaron la definición general que “todas las personas y entidades deberán contribuir al sostenimiento de los gastos públicos mediante el pago de los impuestos, las tasas y las contribuciones que autorice la ley”.

Y se fijaron limitaciones para crear impuestos, En ese sentido, ni la ley de Presupuestos, iniciativas populares o plebiscitos procederán para crear tributos o beneficios tributarios.

Reconocimiento de la ruralidad y recursos para Bomberos

Otro tema de gran interés en del debate constituyente y que pasó a la propuesta constitucional fue el reconocimiento de la ruralidad. El artículo aprobado establece que el Estado promoverá el desarrollo integral de los territorios rurales para terminar con postergación de la vida campesina.

Por otra parte, se integró a la propuesta constitucional que el Estado debe cubrir los gastos operacionales de los Cuerpos de Bomberos de Chile; capacitación y equipos, y otorgar cobertura médica a los bomberos por accidentes o enfermedades contraídas por actos de servicio y

Regulación del empleo público

Coordinadores Forma de Estado, Jennifer Mella y Claudio Gómez

“Las personas que tengan la calidad de cónyuge, conviviente civil o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, no podrán ser nombrados en cargos de la administración pública”.

De este modo quedó plasmada parte de la regulación de las normas sobre Administración Pública y empleo público.

Junto con establecer que los órganos de la administración pública ejercerán sus funciones bajo los principios de rendición de cuentas, celeridad y buen trato, entre otros, se fijó que el ingreso a estas funciones será mediante un sistema abierto, imparcial, donde se privilegie el mérito e idoneidad para el cargo.

De los 56 artículos contenidos en el tercer informe de Forma de Estado, las y los constituyentes aprobaron 22 total o parcialmente. Los restantes, sobre derecho a la alimentación o creación de universidades públicas regionales volverán a la comisión para una nueva propuesta.

Revisa el detalle de las normas aprobadas acá:Oficio-700-con-normas-aprobadas-en-particular-Sesion-81-del-Pleno-votacion-3-3-fea-1Download

Bioética

Malucha Pinto, coordinadora Comisión Sistemas de Conocimientos

En la sesión del martes 12 de abril, la Convención también votó un nuevo informe de reemplazo de la Comisión de Sistemas de Conocimientos.

De este, se aprobó para integrar la propuesta de nueva carta magna el que establece los Principios de la Bioética.

De esta manera se dispone que “las ciencias y tecnologías, sus aplicaciones y procesos investigativos deben desarrollarse según los principios de solidaridad, cooperación, responsabilidad y con pleno respeto a la dignidad humana, a la sintiencia de los animales, los derechos de la naturaleza y los demás derechos establecidos en esta Constitución y en tratados internacionales de Derechos Humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.”