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Fundación ambientalista TERRAM solicita al Presidente de la República suspender otorgamiento de concesiones salmoneras en áreas marítimas protegidas, conforme a la Ley

Fundación ambientalista TERRAM solicita al Presidente de la República suspender otorgamiento de concesiones salmoneras en áreas marítimas protegidas, conforme a la Ley

Viernes 29 de septiembre de 2023.

La reciente aprobación de la Ley N°21.600 que Crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (Ley SBAP) permite que en Chile se sigan otorgando nuevas concesiones en Reservas Nacionales, Áreas de Conservación de Múltiples Usos y Áreas de Conservación de Pueblos Indígenas, siempre y cuando cumplan con tres requisitos: que el área protegida tenga un plan de manejo, que la actividad sea compatible con el objeto de protección y contar con un informe favorable del Servicio. La ausencia de alguno de estos requisitos impide la obtención de una concesión (ver minuta técnica).

Actualmente, las solicitudes de concesiones salmoneras en trámite se concentran en la Reserva Forestal Las Guaitecas y Reserva Nacional Kawésqar, en las regiones de Aysén y Magallanes, respectivamente. Ambas áreas protegidas no cuentan con un plan de manejo, por lo que tampoco es posible definir la compatibilidad de la actividad con el área protegida, pese a que resulta evidente que la salmonicultura, con sus altos niveles de impacto ambiental ampliamente demostrados, no es compatible con la protección de la naturaleza.

Tal como lo ha entendido el Tribunal Constitucional, en línea con los criterios de la Corte Suprema para identificar un derecho adquirido, es importante tener presente que mientras no se constituya una concesión no es posible hablar de derecho adquirido, teniendo los solicitantes sólo una expectativa de obtener este derecho. Por otra parte, al no disponer la ley de un artículo transitorio que defina un plazo para la entrada en vigencia de los nuevos requisitos para otorgar una concesión en áreas protegidas, estos requisitos comienzan a regir desde la publicación de la ley en el Diario Oficial, esto es, el 6 de septiembre de 2023.

De esta forma, el oficio N°234053 emitido por el Ministerio del Medio Ambiente donde informa a otros organismos la suspensión del otorgamiento de nuevas concesiones de acuicultura en trámite al interior de áreas protegidas, no hizo más que comunicar a las demás reparticiones un aspecto específico de la ley recién publicada que entró en vigencia. 

Sin embargo, para la adecuada aplicación del Ley N°21.600, desde Fundación Terram nos parece necesario que el presidente Boric instruya a los demás ministerios con competencias en la materia a hacer cumplir la Ley SBAP y no otorgar nuevas concesiones actualmente en trámite dentro de áreas protegidas, en particular al Ministerio de Defensa, del cual depende la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas (SSFFAA), organismo responsable del otorgamiento de estas concesiones.

Finalmente, cabe recordar que todas estas concesiones al estar en trámite y ser solo una expectativa, no tienen centros de cultivo en su interior y, por tanto, ningún empleo asociado que pueda verse afectado, como tampoco lo tienen las decenas de concesiones otorgadas desde hace años que jamás han operado, y que pese a incurrir en causal de caducidad, aún no son caducadas por la SSFFAA.