contadores web

Recomendaciones del SAG Magallanes, para emprendimientos de producción o comercialización de cócteles o bebidas alcohólicas

Recomendaciones del SAG Magallanes, para emprendimientos de producción o comercialización de cócteles o bebidas alcohólicas

¿Tienes un emprendimiento de producción o comercialización de cócteles o bebidas alcohólicas?

De cara a la Fiestas Patrias, SAG Magallanes te explica la normativa que regula estas actividades

Durante las Fiestas Patrias se origina un aumento en la demanda de alcoholes y bebidas alcohólicas, productos cuya producción y comercialización se encuentran reguladas por Ley N° 18.455, que fija normas y regula materias relativas tanto a las bebidas alcohólicas, como a vinagres y alcoholes etílicos. En este sentido, y para garantizar que los productos comercializados cumplan con los estándares de calidad y seguridad establecidos, el Servicio Agrícola y Ganadero regularmente realiza fiscalizaciones a productores y comerciantes que expenden bebidas alcohólicas, actividad que contempla la captación de muestras que posteriormente son sometidas a análisis de potabilidad en el laboratorio regional de química enológica.  “El principal objetivo de esta fiscalización es garantizar que los productos en circulación cumplan rigurosamente con lo dispuesto por Ley, es decir, verificar la calidad de los productos disponibles para el público y evitar, por ejemplo, que contengan agua adicionada, el uso de endulzantes o preservantes artificiales no permitidos, o la utilización de materias primas prohibidas, entre otras malas prácticas”, aclara el director regional (s) de SAG Magallanes, Juan Francisco Álvarez Cárcamo. Al respecto, la normativa vigente indica que toda persona natural o jurídica que participe en la producción, envasado, comercialización, importación o exportación de alcoholes etílicos y bebidas alcohólicas está sujeta a un primer requisito, que es informar al SAG sobre el inicio de sus actividades. Con este trámite, la persona pasa a formar parte del «Registro de productores, envasadores, comercializadores, importadores y exportadores de alcoholes etílicos, bebidas alcohólicas, mostos y vinagres». Este procedimiento inicial es esencial para el adecuado registro y supervisión de dichas operaciones. Roberto Niculcar Cerda, encargado regional (s) de la unidad de protección agrícola, forestal y semillas de SAG Magallanes agrega “en el último tiempo hemos observado un aumento en la venta de cócteles a domicilio, práctica que también es regulada por esta Ley. Por eso, nuestro llamado va dirigido, principalmente, a estos nuevos emprendimientos ya que, independiente del volumen de producción, o si se trata de un producto “artesanal” o “casero”, igualmente deben registrar todos sus productos antes de ofrecerlos y comercializarlos en el mercado”.

Así mismo, SAG invita a consumidores a poner especial atención al momento de comprar, evitando la adquisición de productos a través de canales de venta informales o de proveedores no autorizados, para no consumir bebidas cuya potabilidad e inocuidad no pueden ser garantizadas.

Ante dudas o consultas sobre esta u otras materias de competencia del SAG, escríbanos a contacto.magallanes@sag.gob.cl.