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Asociación de Académicos de la Universidad de Magallanes presenta recurso de protección ante la Corte de Apelaciones por despidos arbitrarios

Asociación de Académicos de la Universidad de Magallanes presenta recurso de protección ante la Corte de Apelaciones por despidos arbitrarios

La Asociación Regional de Académicos de la Universidad de Magallanes interpuso esta mañana de viernes 12 de enero ante la Corte de Apelaciones de Punta Arenas un recurso de protección en contra del Rector de la Universidad de Magallanes por los despidos de académicos ocurridos en noviembre pasado y considerados como “actos administrativos arbitrarios e ilegales.”

El recurso interpuesto solicita que se ordene el “inmediato reintegro a sus funciones académicas y de investigación a nuestros representados ó lo que S.S. Iltma estime necesario para restablecer el imperio del derecho y para asegurar la debida protección de esta parte agraviada y el ejercicio legítimo de sus derechos.”

Según el libelo presentado “el actuar del Rector de la Universidad de Magallanes Dr. José Maripani Maripani efectuado en contra de los asociados de dicha Asociación, contraviene los deberes de legalidad que rigen el desempeño de los cargos públicos, con grave entorpecimiento de la Universidad y del ejercicio de los derechos ciudadanos ante la Administración”.

LOS HECHOS.

El recurso expone que los académicos afectados “han sido desvinculados de manera arbitraria e ilegal y que han sido fundamentados en una evaluación docente o académica efectuada mediante un proceso que no ha sido transparente, público, con pautas de evaluación, mediante la conformación de una comisión establecida con anterioridad a los hechos que califica, con imparcialidad, con criterios de evaluación, con notificación de las personas a evaluar, con posibilidad de interponer recursos a esa evaluación, y con la participación de esta asociación de Académicos de la Universidad de Magallanes”.

En el recurso presentado por la Asociación de Académicos de la UMAG se plantea que “Esta Asociación de Académicos/as ha consultado con los Decanos de las escuelas o facultades, que son los jefes directos, y ellos han indicado que no hay una evaluación del desempeño de sus académicos, por lo tanto es que estamos ante una decisión discrecional del equipo de Rectoría que ha conformado una comisión especial para juzgar académicamente a nuestros representados, con abierta trasgresión a la garantía constitucional del debido proceso y al no ser juzgado por comisiones especiales. Los decanos no han participado en esta Comisión de Evaluación…

La Asociación de Académicos expone al tribunal que “De este modo y con fines aparentemente políticos se ha instalado una amenaza velada para todos los miembros de la Comunidad Académica Universitaria en cuanto al ejercicio del poder del equipo de Rectoría respecto a sus vinculaciones contractuales, ya que sin motivaciones, procedimientos reglados, de manera inmotivada y sin señalar más que una aparente facultad estatuida en dictadura se puede desvincular al cuerpo de investigadores, académicos/as y algunos estudiantes de doctorado sin más.”

“En el pronunciamiento público, se agrega que la decisión se presenta como discrecional, pues a las personas que son desvinculadas no se les informa de la medida, que no parece basada en su desempeño y que no se ha realizado bajo el reglamento de carrera académica, ni qué obligaciones se han estimado unilateralmente como incumplidas para determinar el cese de la permanencia de los académicos/as e investigadores/as o quienes cursan estudios de doctorado/a, profesionales que incluso se encuentran en universidades extranjeras y quienes cuentan con compromisos académicos con esta misma casa de estudios.”

CONTENIDO DEL RECURSO.

El gremio de los académicos universitarios de Magallanes solicita a la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, “se dicte orden de no innovar, ordenando suspender las desvinculaciones cuyo fundamento se realiza por la Comisión Especial de Evaluación “Extraordinaria” creada por el DR. JOSE MARIPANI MARIPANI, con el sólo objeto de que se ordene su reintegro a sus funciones académicas y de investigación continuas a objeto de resguardar debidamente los intereses patrimoniales y extra patrimoniales de nuestros asociados que iniciaron los recursos de protección 619-2023, 620-2023, 622-2023, 623-2023 y 624-2023 de esta ilustre Corte de Apelaciones de Punta Arenas.”

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