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Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados aprueba funciones de nuevo Ministerio de Seguridad Pública

Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados aprueba funciones de nuevo Ministerio de Seguridad Pública

La comisión de Seguridad Ciudadana continuó la votación del proyecto que crea el Ministerio de Seguridad Pública (lea aquí el proyecto original boletín 14614) con la aprobación de normas sobre las funciones de la nueva entidad.

En esa línea, y con el objetivo de una mejor redacción y separación de funciones y atribuciones del nuevo organismo,  se eliminaron algunos numerales aprobados en el texto despachado previamente por el Senado.

A su vez, se aprobaron como definiciones respecto de las labores que le corresponderán al ministerio de Seguridad Pública que este deberá, entre otras:

  • Velar por el resguardo, mantención y promoción de la seguridad pública, el orden público y la prevención del delito.
  • Elaborar una Estrategia Nacional contra el terrorismo que aborde el fenómeno delictual integralmente.
  • Promover y diseñar medidas tendientes a prevenir delitos, mediante la reducción de sus factores de riesgo de comisión y el fortalecimiento de factores protectores.
  • Formular, diseñar y evaluar las políticas y estrategias nacionales tendientes a prevenir y combatir el crimen organizado nacional y transnacional, el narcotráfico y las conductas terroristas.
  • Diseñar políticas, planes y programas tendientes a resguardar las fronteras para evitar la comisión de delitos.
  • Diseñar políticas, planes y programas sobre ciberseguridad.
  • Coordinar las medidas tendientes a favorecer la atención y asistencia a víctimas de delitos.

Acceso a información

proyecto Ministerio Seguridad Pública

La instancia también respaldó las indicaciones presentadas por el gobierno que recogen propuestas y posturas de diputados y diputadas; por ejemplo, respecto de cómo se relacionará el nuevo órgano con otras instituciones.

Así, se aprobó establecer que, en el ejercicio de sus funciones, el ministro o ministra podrá solicitar a cualquier órgano de la Administración del Estado todos los antecedentes o informaciones que estime pertinentes, aún si tuvieren el carácter de secreta o reservada.

Además, que los servidores públicos que, en el ejercicio de sus funciones tomen conocimiento de ella, deberán guardar secreto o reserva. Esto, siempre respetando la ley de protección de la vida privada y datos personales.

Los parlamentarios presentaron sus aprehensiones sobre quiénes pueden solicitar estas informaciones, cuando sean secretas o reservadas. Por ello, se precisó que será el ministro o ministra quien puede requerirla. Esto, con el fin de que siempre exista una responsabilidad en la jerarquía del ministerio.

La ministra del Interior, Carolina Tohá, respaldó esta idea y recalcó que lo que no puede pasar es que el ministerio a cargo de la seguridad no pueda disponer de la información que necesita y que está en manos del Estado, en otras agencias. “Ese sería un ministerio de papel”, remarcó.