Contraloría se pronuncia ante modificación de Plan Regulador


No obstante lo anterior, el órgano contralor debió abstenerse de dar curso a la toma de razón, puesto que formuló nuevas observaciones al Plan, las que son absolutamente abordables, y de fácil resolución en comparación con las anteriores. Alrededor del 70% de las observaciones son de forma, y el resto de las observaciones obedecen a modificaciones legales obligan a modificar los contenidos originalmente entregados para aogerse a la nueva normativa vigente.
Se hace presente que las modificaciones efectuadas obedecieron estrictamente a modificaciones legales, tal es el caso de la Ley 20.791 que modificó la Ley General de Urbanismo y Construcciones en materia de afectaciones de utilidad pública, y que en todo caso, se procuró no generar afectaciones o gravámenes desconocidos por la comunidad. Lo anterior será abordado y aclarado a la entidad de control, en las instancias que corresponda.
Cabe señalar que, la revisión de Contraloría se limita a la concordancia normativa del Plan respecto a los contenidos de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza, por lo que el pronunciamiento de Contraloría General no constituye un rechazo a la propuesta de ordenamiento urbano-territorial, y tampoco supone una invalidación del proceso de aprobación del instrumento que este Municipio lleva adelante desde abril 2011 a la fecha.
En otras palabras, estos dictámenes de Contraloría General son habituales y corresponden a un control de legalidad previo a la publicación del nuevo Plan Regulador Comunal en el Diario Oficial, por lo que a futuro incluso, podrían formularse nuevas observaciones al Plan.
Sin perjuicio que el proceso de aprobación del Plan Regulador Comunal es demoroso y complejo, se debe considerar que se está abordando la totalidad del territorio urbano, y una expansión considerable de éste último, la que, de aprobarse, sería la primera modificación integral en los últimos 28 años.