Nueva Ley para regularizar viviendas beneficiará inmuebles de autoconstrucción de entre 90 hasta 140 metros cuadrados

Nueva Ley para regularizar viviendas beneficiará inmuebles de autoconstrucción de entre 90 hasta 140 metros cuadrados

vvda playa norte antesMediante la implementación de talleres impartidos por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo se está avanzando en socializar y difundir la nueva Ley 20898, instancia que se orientó a Directores de Obras Municipales, funcionarios MINVU y Prestadores de Servicio de Asistencia Técnica (PSAT).

Según informó Ricardo Leñam, arquitecto de la División de Desarrollo Urbano del Minvu “La ley 20.898, es una normativa de excepción que permite a los ciudadanos regularizar construcciones que no cuentan con permiso y recepción definitiva por parte de las Direcciones de Obras Municipales, para acceder a subsidios del MINVU, por ejemplo.”

Esta Ley establece procedimientos especiales para regularizar edificaciones en materia de Viviendas, Microempresas Inofensivas o Equipamiento Social. Dichos inmuebles, construidos y existentes hasta el 04 de febrero del 2016, cuentan con las siguientes alternativas: Edificaciones construidas sin contar con el respectivo permiso de edificación; edificaciones construidas con el respectivo permiso de edificación, pero que no han obtenido su recepción definitiva, y regularizar, en el caso de las Microempresas Inofensivas, el haber efectuado de hecho el cambio de destino de la edificación respectiva, en forma no concordante los usos de suelo permitidos por los Planes Reguladores.

Leñam agregó que “Estas modificaciones entraron en vigencia el 4 de febrero de este año y estarán disponibles para ser usadas por los contribuyentes hasta el 4 de febrero del año 2019. En términos generales, tiene 3 títulos, el título referido a las viviendas tienen dos modalidades, la modalidad uno es viviendas que su superficie es hasta 90 m2, y con un tope de avalúo fiscal de 1000 UF y el segundo caso es de hasta 140 m2 con un avalúo fiscal de hasta 2000 UF.”

El seremi del ramo, Fernando Haro Meneses, señaló que “Esta Ley 20.898, forma parte de una intensa Agenda Legislativa  y reglamentaria impulsada por nuestra Ministra Paulina Saball, y corresponde a la generación de políticas públicas desde el Ministerio de Vivienda y Urbanismo a través del Congreso, y es así como también están en tramitación la Ley de Aportes al Espacio Público – que se analiza justamente hoy en la Comisión de Vivienda de la Cámara de Diputados – la de Transparencia del Mercado del Suelo e Incrementos de Valor por Cambio del Límite Urbano, la Profundización de la Descentralización, una serie de modificaciones a la Ordenanza general de Urbanismo y Construcciones, toda vez que además se encuentra en preparación la Modificación a la Ley de Copropiedad.”

En este sentido, la autoridad destacó que “Junto con hacernos cargo de la generación de nuevos proyectos habitacionales y hacer frente a lo cuantitativo, también como Ministerio nos ocupamos del déficit cualitativo de viviendas, es decir aquellas que por el paso del tiempo se han ido deteriorando, especialmente las viviendas de autoconstrucción. Esta es una Ley que se vio reforzada precisamente a raíz de una visita de la Ministra al barrio Playa Norte, donde constató la necesidad de facilitar una normativa que amplíe el acceso de las personas a nuestros Programas como el de Protección del Patrimonio Familiar y todos los beneficios que conlleva.”

Fue en este contexto que autoridades regionales le plantearon a la Ministra Saball que las viviendas de autoconstrucción presentaban dificultades para regularizarse, y a su vez poder acceder a subsidios de mejoramiento o ampliación en la zona sur y austral del país, dado que con el tiempo y por la facilidad constructiva que predomina en la madera, alcanzaron superficies mayores a las consideradas por la normativa antigua.

Para enterarse de los alcances de la Ley se puede visitar el sitio www.leychile.cl y buscar la ley 20.898, buscar la misma ley en la página www.minvu.cl o también acercarse a las Direcciones de Obras Municipales respectivas para efectos de entender algunos alcances específicos respecto de su misma aplicación.