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Cámara de Diputados aprobó reforma que modifica fecha de elecciones de constituyentes, gobernadores, alcaldes y concejales

Cámara de Diputados aprobó reforma que modifica fecha de elecciones de constituyentes, gobernadores, alcaldes y concejales

La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó al Senado el proyecto de reforma constitucional -presentado por el Ejecutivo- que posterga las elecciones municipales, de gobernadores regionales y de convencionales constituyentes por motivo del Covid-19 (boletín 14138).

La idea de legislar de la normativa que cambia las fechas originalmente fijadas para el 10 y 11 de abril, para los días 15 y 16 de mayo, fue ratificada tras dos votaciones: la primera permitió la aprobación, por 126 votos a favor, tres en contra y once abstenciones, las normas relacionadas con artículos transitorios de la Constitución, que requerían 92 votos favorables como mínimo; y, la segunda, respaldó, por 129 votos a favor, once en contra y dos abstenciones, las disposiciones vinculadas a artículos permanentes de la Carta Magna, que exigía como mínimo el voto favorable de 103 votos.

El proyecto, que durante la jornada anterior había sido analizado por las comisiones unidas de Constitución y Gobierno Interior, fue informado a la Sala por la diputada Andrea Parra (PPD), quien dio cuenta, además, de las indicaciones hechas a la norma durante su tramitación en dichas instancias.

Justamente, dichas propuestas fueron las que motivaron gran parte de las votaciones en particular, donde varias de las materias no alcanzaron el quórum de aprobación necesario.

Debate del proyecto

En el marco del debate, las y los parlamentarios de bancadas de oposición al Gobierno señalaron que, si bien las actuales cifras de contagios de la enfermedad son evidentes respecto de la necesidad de postergar las elecciones, resulta urgente que la autoridad implemente medidas sanitarias más estrictas, que permitan entregar mayor seguridad a la ciudadanía.

En dicho sentido, junto con cuestionar el manejo de la pandemia, enfatizaron que se requiere de apoyos económicos más robustos para la población.

Por su parte, representantes de las bancadas de Chile Vamos expusieron discursos que apuntaron, en su mayoría, a la existencia de un aprovechamiento político, al desconocerse los esfuerzos de la autoridad en la materia, el éxito de la campaña de vacunación y la existencia de un rebrote del virus a nivel mundial.

Asimismo, se criticó la indicación que interrumpe el desarrollo de las campañas, con el argumento de que esta restricción impide a los candidatos nuevos competir en igualdad de condiciones.

A su turno, el ministro de la Secretaría General de la Presidencia, Juan José Ossa, defendió las medidas impulsadas por el Gobierno para el control de la pandemia, como el plan de vacunación y el aumento de los controles PCR.

Junto con lo anterior, planteó las dificultades que implica que el transporte público sea gratuito durante las dos jornadas en que se desarrollarán los comicios, ya que ello tiene un costo más alto que el propio proceso eleccionario. “Creemos que no es bueno complicar aún más este proyecto. No nos parece razonable seguir sumándole costos a este proceso eleccionario”, sentenció.

Intervinieron en el debate las y los diputados PS Raúl SaldívarLeonardo SotoLuis RocafullMarcos Ilabaca y Marcelo Schilling; DC Joanna Pérez y Matías Walker; PPD Andrea ParraRicardo Celis y Rodrigo González; PR Marcela Hernando y José Pérez; FRVS Esteban VelásquezAlejandra Sepúlveda y Jaime Mulet; PC Camila Vallejo; Comunes Camila Rojas ; PCS Diego Ibáñez; RD Miguel Crispi; PEV Félix González; PL Vlado Mirosevic; RN Camilo MoránPaulina NúñezJosé Miguel CastroLeonidas RomeroAndrés Longton y Francisco Eguiguren; UDI Renzo TrisottiIssa KortNora Cuevas y Juan Antonio Coloma; Evópoli Andrés Molina y Luciano Cruz-Coke; e independientes Pepe AuthSandra AmarPablo VidalRené AlincoRaúl Soto y Pedro Velásquez.

Contenido de la iniciativa

Posterga elecciones 1

La reforma constitucional contempla el cambio de las fechas referidas en el artículo 130 de la Constitución sobre la elección de los convencionales constituyentes y en artículos transitorios que se refieren a elecciones municipales, de gobernadores regionales y de convencionales constituyentes.

Además, se modifica la fecha de la segunda vuelta de los gobernadores regionales para el día 13 de junio y las autoridades asumirían formalmente el cargo el 14 de julio.

Sobre la fecha de las primarias presidenciales, estas se realizarán el 18 de julio de 2021.

A su vez, se modifica la fecha de mandato de alcaldes y concejales -que ya había sido prorrogado hasta el 24 de mayo-, hasta el 28 de junio de 2021. Los alcaldes que se postulen a la reelección se mantendrán suspendidos hasta el día siguiente de verificada la elección (17 de mayo).

Asimismo, se contempla una nueva disposición transitoria que suspende la campaña electoral aplicable a las elecciones municipales, de gobernadores regionales y de convencionales constituyentes, desde 24 horas del día de publicación de esta reforma hasta las 24 horas del 28 de abril, retomándose entre el 29 de abril y el jueves 13 de mayo.

Dicha suspensión contempla la propaganda electoral en espacios públicos. Respecto de aquella instalada en espacios privados, se permite la mantención de la ya instalada, no así la colocación de nueva.

Respecto a la transmisión de la franja electoral de candidatos a convencionales constituyentes se suspenderá el día de la publicación de la reforma, si ese día es anterior al 8 de abril. Si quedara un remanente de días para completar la transmisión, los canales de televisión deberán destinar un número equivalente de días al remanente para transmitir la franja televisiva, hasta el tercer día anterior a la elección.

Posterga Elecciones 2

En cuanto al financiamiento y gasto electoral, solo se considera el derecho a usos de bienes muebles o inmuebles o actos y pago de personas que formen parte del equipo del candidato, excluyendo a los brigadistas. Asimismo, se mantendrá vigente el sistema de recepción de aportes del Servicio Electoral para recibir los aportes a campañas electorales.

Sobre el padrón electoral, podrán ejercer su derecho a sufragio quienes se encuentren habilitados en el padrón definitivo contemplado originalmente para las elecciones de los días 10 y 11 de abril de 2021.

En cuanto a acuerdos, actas, resoluciones o actos administrativos de los órganos competentes relacionados a esta elección que fueron dictados antes de esta reforma, seguirán vigentes.

Finalmente, respecto de los permisos sin goce de remuneración solicitados por las candidatas y candidatos que sean funcionarios públicos, estén en régimen de contrata, honorarios o Código del Trabajo, se entenderán prorrogados hasta el día 17 de mayo, salvo voluntad en contrario del trabajador.

Si el candidato o candidata se encontrare con feriado legal y este venciera antes del 15 de mayo deberá solicitar,  previo a su término, el permiso sin goce de sueldo en los términos del inciso primero, el cual comenzará a regir una vez que finaliza dicho feriado.

Los empleadores del sector privado, cuyos trabajadores hayan solicitado aplazar el permiso sin goce de sueldo, no podrán rechazar dicha solicitud.  En ningún caso podrá invocarse este aplazamiento como fundamento para proceder al despido.