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IFE Laboral Apoya ¿cómo funciona? | Incentivo para los trabajadores que estaban cesantes

IFE Laboral Apoya ¿cómo funciona? | Incentivo para los trabajadores que estaban cesantes

Es un incentivo para que los trabajadores, previamente cesantes, se empleen formalmente, otorgándoles un subsidio por la nueva relación laboral que se crea. Este beneficio se entrega directamente al trabajador, siempre que su remuneración bruta mensual no exceda de 3 Ingresos Mínimos Mensuales (actualmente $1.050.000).

¿Qué implican los cambios que se anunciaron al IFE Laboral Apoya?

1. Se extenderá la ventana de postulación del beneficio hasta septiembre de 2022, mes en que finaliza la postulación al subsidio.

2. Los trabajadores que postulen exitosamente al IFE Laboral Apoya en hasta el 31 de julio de 2022, tendrán derecho a recibir hasta 3 meses de pago, siempre que permanezcan empleados.

3. Los trabajadores que postulen exitosamente al IFE Laboral Apoya en agosto y septiembre de 2022, tendrán derecho a recibir hasta 2 y 1 meses de pago , respectivamente, siempre que se mantengan empleados..

Nota: la extensión del periodo de postulación no genera el incremento en los meses de pago.

Nuevo Contrato de TrabajoPostulaciónFecha de PagoMáximo de pagos a recibir
1 abril al 31 mayo 2022Durante mayoA partir del 1 de julio 2022Hasta 3
1 mayo al 30 junio 2022Durante junioA partir del 1 de agosto 2022Hasta 3
1 junio al 31 julio 2022Durante julioA partir del 1 de septiembre 2022Hasta 3
1 julio al 31 agosto 2022Durante agostoA partir del 1 de octubre 2022Hasta 2
1 agosto al 30 septiembre 2022Durante septiembreA partir del 1 de noviembre 2022Hasta 1
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?

1. Tener un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo el mes anterior a la postulación). Para esto, SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud en los 3 meses previos por el mismo empleador por el que postula a este beneficio.

2. Tener una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.050.000)

3. Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo. Para esto, SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud por cualquier empleador el mes anterior al inicio de su nuevo contrato.

¿CUÁL ES EL MONTO DEL BENEFICIO?

Hombres mayores de 24 y menores de 55 años:

– Periodos de remuneración hasta junio 2022: 50% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $200.000 mensuales.
– Periodos de remuneración desde julio a septiembre 2022: 25% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $100.000 mensuales.
Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez:

– Periodos de remuneración hasta junio 2022: 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $250.000 mensuales.
– Periodos de remuneración desde julio a septiembre 2022: 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $300.000 mensuales.

NO PODRÁN ACCEDER AL SUBSIDIO

→ Las personas que no hayan estado cesantes antes de haber comenzado el nuevo contrato de trabajo por el que postulan al beneficio.

→ Las personas que estén gozando de licencia médica (incluye pre y post natal) al momento de su postulación.