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Corte de Apelaciones de Punta Arenas informa regreso a la presencialidad en vistas de causas y excepcionalidad de alegatos por vía remota

Corte de Apelaciones de Punta Arenas informa regreso a la presencialidad en vistas de causas y excepcionalidad de alegatos por vía remota

Atendido que a contar del 1 de septiembre del año en curso se pondrá término a la alerta sanitaria, la Corte de Apelaciones de Punta Arenas informa que para el conocimiento de juicios o gestiones provenientes de tribunales con asiento en la provincia de Magallanes, regirá lo dispuesto por el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, debiendo solicitarse por los abogados y abogadas la comparecencia por vía remota, hasta dos días antes de la vista de la causa.

En el caso de los juicios y gestiones en materia penal; recursos de protección y amparos; y aquellas causas que provengan de tribunales con asiento en comunas distintas a las que se encuentren en  la provincia de Magallanes, la comparecencia de los abogados y abogadas podrá realizarse por vía remota, todo ello sin perjuicio del derecho de los abogados y abogadas de comparecer personalmente.