Gobierno presentó proyecto para modificar y perfeccionar la Ley Antiterrorista

Gobierno presentó proyecto para modificar y perfeccionar la Ley Antiterrorista

Cumpliendo con el compromiso del Presidente Gabriel Boric @GabrielBoric el gobierno presentó este viernes 25 de agosto al Congreso Nacional un proyecto de reforma a la #LeyAntiterrorista.

Los ministros del Interior, Carolina Tohá, de la Secretaría General de la Presidencia, Álvaro Elizalde, y de Justicia, Luis Cordero, dieron a conocer este viernes el proyecto que “moderniza la Ley Antiterrorista”, que será ingresado al Congreso Nacional, y que requiere de normativas que “lo ataquen de manera especializada, porque los delitos que cometen son particulares”.

CONTENIDOS DEL PROYECTO.

La ministra Tohá explicó que esta normativa es parte de los compromisos del programa de Gobierno.

En la presentación, la secretaria de Estado indicó que “no se entiende que una democracia pueda funcionar sin una ley eficaz en materia antiterrorista. El terrorismo es una amenaza en nuestros tiempos y tiene muchas caras que a veces nos confunden, aparece con el rostro del odio racial, de la defensa de los oprimidos, de los pueblos o naciones, a veces busca la persecución religiosa, la defensa ambiental, impugnar a la autoridad o exterminar a adversarios políticos, por causas diferentes, de derecha, de izquierda, anarquistas, nacionalistas”.

“Lo que lo hace terrorista no es la causa que persigue, sino son los métodos con que lo hace, métodos que se hacen por el desprecio a la vida, al fanatismo que lo caracteriza y Chile no está ajeno a este fenómeno”, expresó Tohá.

Por ello, afirmó que la esta ley apunta, como lo han hecho las normativas en otros países, a tipificar qué es terrorismo y una vez definido, “establecer una penalización especial, que es agravada respecto de otros delitos”.

En concreto, explicó que el proyecto considera cinco aspectos principales. Primero, “se ajusta a la experiencia y los estándares internacionales para perseguir las asociaciones criminales terroristas, con herramientas reforzadas que sean efectivas y modernas y respeten plenamente los estándares de debido proceso y de derechos humanos”.

En segundo lugar, el núcleo de la propuesta, dijo Tohá, “apunta a definir el delito de terrorismo como un delito de organización y a partir de ello se lo persigue valiéndose de los avances que ya hicimos en la legislación del crimen organizado, que estableció de manera moderna y más completa técnicas especiales de investigación adaptadas a las nuevas modalidades que tiene el crimen hoy en día”.

Como tercer aspecto, la iniciativa “innova al establecer un doble catálogo de delitos que serán considerados terroristas. Los primeros son los llamados ‘delitos fines’, que son los que le dan a la organización carácter de terrorista. Es decir, una organización es terrorista cuando se constituye para cometer ese tipo de delitos que están caracterizados por su desprecio contra la vida”, indicó la ministra.

Agregó que por otro lado, “están los delitos medios que son aquellos que se cometen para facilitar los primeros. Todos aquellos ilícitos cometidos para sostener o favorecer a la organización terrorista son también delitos terroristas”.

En cuarto lugar, el proyecto establecer que “el tipo penal que se propone supera el requisito de subjetividad de la actual legislación, estableciendo una definición más objetiva que se basa en dos finalidades que se consideran terroristas o bien un método de perpetración de los delitos que también califica de terrorista a quien los comete”.

Precisó que esas finalidades son cuando se busca “socavar o desestabilizar las estructuras políticas, sociales o económicas del Estado democrático o de una organización internacional”. Además, cuando se busca “imponer una decisión a la autoridad del Estado democrático o de una organización internacional” o cuando se emplean métodos que son aptos para someter o desmoralizar a la población civil, acotó.

La ministra afirmó que como quinto punto, el proyecto “crea una figura para enfrentar el caso de terrorista individual o lobo solitario. Para ello, se sanciona como terrorista a quien comete alguno de los delitos fines, aunque no sea parte de una asociación terrorista, pero que actúe de acuerdo los fines de una organización o bien, adicionalmente, se considera directamente como delito terrorista la colocación de bombas, cuando por ejemplo se busca arrancar decisiones de la autoridad o desestabilizar las estructuras políticas del Estado democrático”.

Esta propuesta considera que una organización es terrorista cuando se forma para cometer cierto tipo de delitos y lo es incluso antes de cometerlos. Esto significa que estas herramientas que estamos creando aquí, van a permitir a la fiscalía seguir estas organizaciones cuando están planeando este tipo de actos y van a poder sancionarlos como delito terrorista, por el hecho de haberse organizado para cometer estas acciones”.

Esta iniciativa fue presentada en el palacio de La Moneda, con la asistencia de distintos parlamentarios del oficialismo y la oposición, además de autoridades de las fuerzas de orden.


El proyecto de ley está inspirado en legislaciones comparadas modernas en la materia, como de España, EE.UU y Alemania; y fue construido por representantes de todos los Poderes del Estado y expertos.

Recordemos que en julio pasado y dando cumplimiento a un compromiso con el país, el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, convocó a los máximos representantes del Congreso Nacional, Ministerio Público, la Agencia Nacional de Inteligencia y los jefes de las dos policías, para presentarles su propuesta de reforma a la Ley Antiterrorista, con el fin de fortalecer su efectividad.

La propuesta recoge esfuerzos anteriores por actualizar la legislación antiterrorista, incorporando elementos de proyectos presentados por los ex presidentes Michelle Bachelet y Sebastián Piñera y de las legislaciones de países como Alemania y España; con foco en la persecución de asociaciones criminales terroristas y en anticipar la persecución penal eficaz.

Ante las dificultades para probar en juicio el ánimo terrorista de un imputado, se optó por eliminar ese elemento subjetivo exigido en la actual legislación y se plantea utilizar elementos objetivos cuya prueba es factible para determinar que los actos constituyen terrorismo.

El texto crea un nuevo tipo penal de asociación terrorista, de manera que quienes pertenezcan a una organización criminal (elementos del

delito de organización criminal) con fines terroristas (comisión de determinados delitos con fines o características terroristas) podrán ser perseguidos por pertenecer a ellas, además de las sanciones que reciban por otros delitos que hayan cometido.

Asimismo, incorpora una nueva categoría de delitos de favorecimiento de la asociación terrorista que facilita las sanciones contra quienes cometan determinados delitos (por ejemplo: amenazas, extorsión, lavado de activos, etc.) para favorecer la actividad de una asociación terrorista.

Las técnicas especiales de investigación de la nueva ley de crimen organizado, tales como interceptación de comunicaciones, registro de equipos informáticos, agentes encubiertos, reveladores e informantes, entre otras, serán aplicables a los delitos terroristas, incluyendo los nuevos tipos contemplados en la propuesta.

Fast track legislativo

En la reunión convocada por el presidente se acordó que durante esta semana y la próxima se realizarán encuentros bilaterales con los participantes para recibir sus comentarios, para luego presentar un proyecto de ley en el Congreso Nacional. Una vez ingresado, el Ejecutivo y el Congreso acordarán los plazos de tramitación para su incorporación al fast track legislativo en materia de seguridad.

La ministra del Interior y Seguridad Pública, Carolina Tohá, destacó la colaboración de asesores especializados en esta materia. “Lo que hace es resolver, por una parte, el problema histórico que ha tenido la Ley Antiterrorista. Y es que, como está tipificado el delito (en la legislación actual), en primer lugar, hace muy difícil perseguirlo; es decir, tener buenos resultados penales cuando se imputa un delito de este tipo”.

Esta propuesta deja sin efecto la ley actual e incorpora un nuevo capítulo en el Código Penal, además de ocupar «muchas de las herramientas de la Ley de Crimen Organizado y tipifica de una nueva forma el delito antiterrorista».

La mesa técnica que elaboró el documento contó con la participación de asesores de los ministerios del Interior y Seguridad Pública, Justicia y Secretaría General de la Presidencia, además de la realización de sesiones de trabajo con el Ministerio Público y la asesoría externa del profesor de Derecho de la Universidad de Chile y doctor en Derecho por la Universidad de Bonn, Juan Pablo Mañalich.