Programa Mi Abogado Magallanes consiguió condena contra padre que abusó de su hija de 4 años.

Programa Mi Abogado Magallanes consiguió condena contra padre que abusó de su hija de 4 años.

Condena se logró pese a decisión del Ministerio Público de no perseverar en la causa.

En un hecho que puede ser considerado como histórico en la Jurisprudencia de la Región de Magallanes, el Programa Mi Abogado de la Corporación de Asistencia Judicial, consiguió condena en juicio llevado adelante sin la participación del Ministerio Público, por el delito continuado de Abuso Sexual cometido por un padre en contra de su hija de 4 años,ocurrido durante el año 2020. 

La abogada del referido programa, Claudia Guerrero Almonacid, encabezando el equipo interdisciplinario de profesionales que representan jurídicamente a la niña víctima, siguió adelante con la causa pese a que el Ministerio Público decidió no perseverar con la acción, esto por cuanto creían que no existían elementos suficientes para llevar a juicio el caso. Al respecto la abogada señaló “La decisión del ministerio Público de no perseverar significa que estimaron posterior a la formalización del imputado que no existían antecedentes suficientes para fundar una acusación. Nuestro Programa, luego del análisis interdisciplinario, estimó, que esto no era así y que durante la investigación se había reunido antecedentes más que necesarios para acreditar los hechos de los cuales fue víctima nuestra representada, por lo que decidimos forzar la acusación pidiendo autorización al Juzgado de Garantía para llevar el caso a Juicio Oral y es así como luego de 5 días el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas por unanimidad decidió condenar a este sujeto por el delito cometido en contra de su hija”. 

Según explica la abogada, Cabe precisar que entre los elementos para formar convicción el tribunal tuvo en consideración la declaración de la propia niña víctima, quien declaró bajo la protección de la ley 21.057 en sala especial y con intermediadora judicial, ajustando el proceso a sus cortos 7 años de edad. La niña explicó las acciones de significación sexual y relevancia de las cuales fue víctima por su padre cuando se quedaba a su cuidado en contexto de pandemia

Por otra parte, Dafne Farías Mardones, psicóloga de la triada de representación jurídica del Programa Mi Abogado recalca sobre este proceso que “Fue de suma relevancia contar con prueba pericial y testimonio de terapeutas de la niña, quienes dieron cuenta de sintomatología asociada y explicaron al tribunal las características propias del fenómeno de abuso en esta niña, quien daba cuenta de importantes detalles sensoriales, desestimándose la teoría de la defensa que apuntaba a una invención de los hechos por parte de la madre de nuestra representada.” 

A raíz de lo anterior el sujeto fue condenado a una pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo; accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena;interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, y de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal; inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad; quedará privado de la patria potestad si la tuviere o inhabilitado para obtenerla si no la tuviere y, además, de todos los derechos que por el ministerio de la ley se le confirieren respecto de la persona y bienes de la ofendida, de sus ascendientes y descendientes, debiendo además prescindirse de su autorización para la salida del país de la niña, conservando todas sus obligaciones legales respecto de aquella, por su responsabilidad como autor del delito consumado de abuso sexual contra menor de 14 años, cometido en fechas indeterminadas en los meses de abril y mayo de 2020, en la comuna de Punta Arenas”

Pese a que la abogada querellante señaló que evaluarán la interposición de recurso de apelación, ya que la sentencia deberá ser cumplida bajo modalidad de libertad vigilada intensiva, es decir en libertad, destaco que Valoramos este resultado, sobre todo porque implica la apertura y reconocimiento del derecho de ser oído y participación de nuestra representada en un proceso penal, que por una decisión administrativa se le había negado, obteniendo una sentencia condenatoria que tendrá transcendencia en su protección futura de derechos, atendido el vínculo que tiene con su agresor.”