Senado respalda idea de legislar: el ingreso clandestino al país será considerado como agravante ante la comisión de delitos
Se propone agregar una nueva circunstancia en el Código Penal: “Cometer el delito habiendo ingresado clandestinamente al país, en cuyo caso la pena será aumentada en dos grados, más la accesoria de deportación, una vez cumplida la privativa de libertad».Copiar cita
Modificar el Código Penal, para considerar como circunstancia agravante el ingreso clandestino al país, es el objetivo principal de la moción recientemente aprobada por la Comisión de Seguridad Pública.
El proyecto -que recibirá indicaciones hasta el jueves 28 de agosto- es de autoría de los integrantes de la Comisión, senadores Iván Flores (presidente), Jaime Quintana, José Miguel Durana, Manuel José Ossandón y la senadora Paulina Vodanovic.
En concreto, se propone agregar una nueva circunstancia en el Código Penal: “Cometer el delito habiendo ingresado clandestinamente al país, en cuyo caso la pena será aumentada en dos grados, más la accesoria de deportación, una vez cumplida la privativa de libertad».
ACLARACIONES
Cabe hacer presente que, durante la sesión, se aclaró que el texto es diferente al proyecto que modifica la ley N°21.325, de migración y extranjería, que tipifica el delito de ingreso clandestino al territorio nacional (boletín 15261-25), actualmente en análisis en la Comisión de Gobierno.
No obstante, los senadores acordaron solicitar un estudio jurídico sobre el proyecto en análisis en Gobierno. El senador Durana recordó que “la migración irregular estaba tipificada como delito en la ley migratoria del 75 y el mayor problema que eso generó fueron los recursos de protección (…) que judicializaron las expulsiones”.
MOCIÓN
Lo mocionantes recalcan “que la migración no es un fenómeno que deba ser criminalizado” sin embargo, agregan, “nos parece necesario abordar la situación de los extranjeros que delinquen en nuestro país”.
“A partir de ciertos datos estadísticos, es posible sostener que los extranjeros que delinquen suelen ser fundamentalmente aquellos que han ingresado clandestinamente al país, a lo que podríamos agregar, con la intención de delinquir”, se desprende del texto legal.
Al respecto, “estimamos que, en la comisión de un delito perpetrado por un extranjero, el disvalor de la conducta es mayor cuando dicho extranjero ha ingresado clandestinamente al país, pues en tal caso podemos considerar ese antecedente como un acto preparativo para la comisión del delito, considerando que actúa con un evidente grado de opacidad precisamente desde la clandestinidad de su situación migratoria, que estimamos se debe traducir en un reproche penal mayor”.