Corte de Apelaciones de Santiago rechaza recurso de amparo por el abogado Luis Hermosilla
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó hoy –martes 3 de septiembre– el recurso de amparo interpuesto por la defensa de Luis Hermosilla, en contra de la resolución que ordenó el ingreso de imputado por los delitos de soborno, lavado de activo y delitos tributarios, al Centro de Detención Preventiva Santiago I y no directamente al anexo Capitán Yáber.
En fallo unánime (causa rol 2.443-2024), la Undécima Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Miguel Vázquez, la ministra Lidia Poza y el abogado (i) Luis Hernández– estableció que el recurso perdió oportunidad al haberse producido el traslado del recurrente al anexo cárcel.
“Que, respecto del fondo, es requisito indispensable la constatación de la existencia de un acto que cause privación, perturbación o amenaza en el derecho a la libertad personal y seguridad individual ilegal del amparado. Sin embargo, conforme a los informes y antecedentes acompañados con estos, consistentes en oficios administrativos y resoluciones jurisdiccionales, aparece que el 27 de agosto recién pasado se impuso al imputado la cautelar personal de prisión preventiva ingresando al Centro de Detención Preventiva de Santiago I; que por oficio de 27 de agosto de este año Gendarmería de Chile informó al Juzgado de Garantía la existencia de cupos disponibles en el Anexo Capitán Yáber; y que ese mismo día se ordenó por el tribunal el ingreso del amparado a ese centro de detención, encontrándose actualmente cumpliendo la medida cautelar personal en dicho recinto, que es lo requerido en autos, de este modo, no hay medida que esta Corte pueda adoptar”, sostiene el fallo.