Fallo judicial reabre debate por negociaciones colectivas y gestión de recursos en la CORMUPA

Fallo judicial reabre debate por negociaciones colectivas y gestión de recursos en la CORMUPA

Concejal Jonathan Cárcamo cuestiona cambio de criterio de la Corporación Municipal tras resolución de la Corte de Apelaciones.

Punta Arenas.— Un nuevo foco de controversia se abrió en torno a la gestión de la Corporación Municipal de Punta Arenas (Cormupa), luego que un fallo judicial ratificado por la Corte de Apelaciones estableciera que la entidad no se encuentra habilitada para negociar colectivamente debido a su nivel de financiamiento público.

La resolución, confirmada el pasado 25 de mayo de 2026 por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, corresponde a la causa RIT I-47-2025 del Juzgado de Letras del Trabajo y concluye que la corporación está afecta a la prohibición establecida en el artículo 304, inciso tercero, del Código del Trabajo.

Según el fallo, al financiarse mayoritariamente con recursos estatales —superando el 50% de su presupuesto— la institución no puede llevar adelante procesos de negociación colectiva, criterio que además deja sin efecto una interpretación administrativa previa de la Inspección del Trabajo.

A partir de esta resolución, el concejal de Punta Arenas, Jonathan Cárcamo Gómez, emitió una declaración pública en la que acusa una contradicción entre la posición judicial adoptada actualmente por la Corporación y las prácticas desarrolladas durante años anteriores.

En su planteamiento, el edil sostiene que bajo la misma administración municipal se habrían validado y ejecutado diversos procesos de negociación colectiva con organizaciones sindicales del área educación cuando la corporación mantenía la administración del sector, generando compromisos económicos que —según indicó— continúan teniendo efectos sobre las finanzas comunales.

Uno de los principales cuestionamientos formulados apunta a que, de acuerdo con el concejal, la naturaleza jurídica y la estructura de financiamiento de la corporación no habrían experimentado cambios sustanciales durante la última década, por lo que considera inconsistente que el argumento legal basado en el financiamiento estatal sea invocado ahora como impedimento.

Entre las interrogantes planteadas públicamente por Cárcamo figuran las razones por las cuales la restricción legal no habría sido aplicada en negociaciones anteriores, los fundamentos utilizados para comprometer recursos públicos mediante instrumentos colectivos y la eventual responsabilidad administrativa derivada de esas decisiones.

Asimismo, el concejal cuestionó que el criterio restrictivo surja en el contexto de una controversia vinculada a un sindicato de menor tamaño perteneciente a la administración central, señalando que el impacto presupuestario sería menor respecto de acuerdos alcanzados en períodos anteriores.

En su declaración, el representante comunal sostuvo que el debate trasciende el ámbito laboral y abre interrogantes sobre transparencia institucional, igualdad de trato y administración de recursos públicos, solicitando que se entregue una explicación clara a la comunidad respecto del manejo financiero de la corporación.