Cuando el riesgo lo asume el trabajador | Juan Marcos Henríquez | Opinión

Cuando el riesgo lo asume el trabajador | Juan Marcos Henríquez | Opinión


El pasado 30 de junio, la Mesa de Reactivación Laboral entregó al ministro del Trabajo, Tomás Rau, su informe final con 22 propuestas destinadas a revertir una cesantía que ya acumula 40 meses sobre el 8% y que en el trimestre marzo-mayo alcanzó un complejo 9,4% de desocupación general. Los sectores defensores de esta agenda argumentan que las cifras justifican una flexibilización drástica de las normas vigentes para dinamizar la contratación. Sin embargo, la evidencia empírica de los organismos internacionales demuestra que el desempleo estructural, especialmente el 22,8% que golpea a los jóvenes y el 10,5% que afecta a las mujeres, no se corrige traspasando la incertidumbre del mercado a las familias, sino mediante incentivos a la productividad y mejoras en la capacitación técnica.

La propuesta económica del gobierno de Kast enfrenta hoy una severa contradicción conceptual. Mientras se justifica la urgencia de estas 22 medidas bajo la premisa de la reactivación, el análisis detallado del paquete revela que el costo de la crisis no se distribuye de manera equitativa entre los actores económicos, sino que recae sobre la parte más desprotegida de la cadena productiva, los trabajadores. Lo que se presenta como un avance hacia la modernización laboral constituye, en la práctica, un cambio profundo de las reglas del juego que debilita el bienestar y la estabilidad de la fuerza laboral chilena.

Una de las modificaciones más preocupantes apunta a extender de 4 a 52 semanas el período utilizado para promediar la jornada de trabajo, manteniendo el límite máximo de 52 horas semanales. La legislación actual resguarda que los incrementos de horas en períodos específicos se compensen dentro de un mes, asegurando el límite de 40 horas semanales. Ampliar este cálculo a un año calendario le quita al empleado el control a corto plazo de su tiempo libre y descanso, abriendo la puerta a ciclos prolongados de sobretiempo y fatiga laboral. La posibilidad de planificar el tiempo familiar se pierde en beneficio de las necesidades de la empresa, despojando al trabajador de la certeza sobre su propia jornada diaria.

A este escenario se suma la propuesta de eliminar gradualmente la indemnización por años de servicio, un derecho histórico vigente en la legislación nacional desde 1937. El diseño gubernamental pretende sustituir este mecanismo por un fondo a todo evento financiado a través de cotizaciones adicionales en el Seguro de Cesantía. Al transformarse en un ahorro individual retirable incluso en caso de renuncia voluntaria, la indemnización pierde su carácter original de penalización al despido injustificado y de resguardo ante la desvinculación imprevista, transformando un derecho de protección laboral en un simple mecanismo de autofinanciamiento para la transición laboral.

El panorama de precarización se completa con la flexibilización de las causales de término de contrato. El fortalecimiento de la causal por necesidades de la empresa, la reincorporación de la falta de adecuación del trabajador como motivo válido de despido y la ampliación de la polifuncionalidad contractual otorgan una discrecionalidad excesiva al empleador. Habilitar legalmente la asignación de múltiples tareas diversas bajo un mismo contrato difumina los límites de las obligaciones diarias, precarizando la relación laboral sin contraprestaciones equitativas. Esta estrategia de implementar reformas mediante disposiciones fragmentadas avanza, de manera poco explorada por el debate público, en paralelo a una contrarreforma tributaria que alivia la carga impositiva de las grandes corporaciones, transfiriendo el peso del ajuste fiscal y laboral directamente a las arcas públicas y al bolsillo de los ciudadanos.

La salida a este estancamiento no requiere bloquear la necesaria adaptabilidad que exigen los nuevos tiempos, sino condicionar su aprobación a la exigencia de estándares mínimos de protección (por ejemplo, pactadas con los sindicatos). Una solución concreta radica en establecer por ley que cualquier fondo a todo evento sea estrictamente distinto (complementario, con cargo al empleador) y no sustitutivo del régimen de indemnización actual. El desarrollo de la economía chilena no puede sustentarse en la falsa disyuntiva entre dinamismo económico y derechos adquiridos. El éxito de una política laboral debe medirse por la dignidad de los contratos celebrados y no por el ahorro de costos en el balance de las empresas.