Corte de Apelaciones de Punta Arenas condena a tres años y un día a autor de femicidio tentado
El tribunal de alzada revocó la recalificación dictada en primera instancia y fundó su decisión en la Ley Integral contra la Violencia hacia las Mujeres N°21.675 y en la Convención Belém do Pará.
La Corte de Apelaciones de Punta Arenas acogió este lunes los recursos de apelación presentados por el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG) y el Ministerio Público, determinando condenar como autor del delito de femicidio tentado, cometido en contexto de violencia intrafamiliar y de género, a un hombre a la pena de tres años y un día.
La causa se tramitó mediante un juicio abreviado, instancia en la que el acusado aceptó los hechos contenidos en la acusación. Sin embargo, pese a que la defensa no cuestionó la calificación jurídica ni la pena solicitada por la Fiscalía, el Juzgado de Garantía había recalificado los hechos como lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar y de género.
Ante esta resolución, tanto el SernamEG, que actuó como querellante y acompañó judicialmente a la víctima, como el Ministerio Público recurrieron ante la Corte de Apelaciones, tribunal que finalmente revocó la decisión y restableció la calificación de femicidio tentado.
La directora regional (s) del SernamEG en Magallanes, Matilde Tribiños Navarro, destacó el fallo y señaló que el tribunal recogió el planteamiento sostenido durante el proceso respecto de la gravedad de los hechos.
“Este reconocimiento judicial de la gravedad de los hechos tiene además un valor reparatorio para las mujeres, porque valida la experiencia que ellas relatan”, afirmó.
En su resolución, la Corte fundamentó su decisión en el deber de juzgar con perspectiva de género establecido en la Ley N°21.675, de Violencia Integral contra las Mujeres, además de la Convención Belém do Pará.
El tribunal precisó que la perspectiva de género no modifica las exigencias probatorias, sino que obliga a analizar los hechos considerando su contexto y el significado que determinadas conductas pueden adquirir dentro de situaciones de violencia contra las mujeres, evitando que su gravedad sea subestimada.
La sentencia mantiene las medidas de protección decretadas en favor de la víctima y establece que el condenado deberá cumplir la pena bajo libertad vigilada intensiva, con supervisión de Gendarmería de Chile.

