A más 3 mil personas en Magallanes beneficiará la ley que rebaja 5% la cotización de Salud

Una serie de actividades de promoción y divulgación de ley que exime gradualmente del pago de la cotización del 5% en Salud para los adultos mayores y otros beneficios, ha desarrollado la Directora Regional del IPS, Verónica Leiva.
La ley 20.864 fue publicada el jueves 15 de octubre en el Diario Oficial, siendo rápidamente tramitada en el Congreso, luego que la Presidenta Michelle Bachelet incorporara esta medida en su discurso del 21 de Mayo. La iniciativa comprende una disminución gradual hasta alcanzar el 3% en noviembre de 2016 eliminándose totalmente el descuento de Salud en noviembre de 2017.
“Lo que la persona estaba cotizando va a ir directamente a su bolsillo y, además, la persona va a poder seguir teniendo los beneficios de Salud que tiene hasta el momento. En Magallanes son más de 3 mil personas que se van a ver beneficiadas con esta excepción de pago, que se suma a las 7 mil personas del Pilar Solidario que ya están exentas”, destacó Verónica Leiva.
Destacó además que la ley considera que todas las pensiones de invalidez del Pilar Solidario (pensiones Básicas de Invalidez y Aporte Previsional Solidario de Invalidez) pasan en forma automática a constituir la Pensión de Vejez evitándose la realización de trámites.
Otro de los beneficios que establece ésta ley, es que hoy garantiza una Asignación por Muerte –para gastos funerarios- a todos los beneficiarios de la Pensión Básica Solidaria (PBS) y del Aporte Previsional Solidario (APS) que hoy no acceden a ese beneficio. “Cabe mencionar que hoy las personas con Pensión Básica Solidaria solo tienen derecho a que sus familiares reciban una asignación por muerte, para gastos funerarios, si su condición es ser carentes de recursos de acuerdo a la Ficha de Protección Social. Con la nueva Ley, el beneficio se extenderá a la totalidad de personas con Pensión Básica Solidaria”.
Verónica Leiva agrego que con ésta nueva Ley, todas las personas con Aporte Previsional Solidario tendrán asegurado este beneficio, independientemente del saldo que mantengan en su cuenta de capitalización individual. El beneficio a garantizar corresponde a un máximo de 15 UF, dependiendo de cada caso particular (del saldo en la cuenta o dependiendo de si el beneficio lo cobra directamente la empresa funeraria o un familiar).