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Declaración de la SEREMI de Desarrollo Social y Familia sobre el Centro ELEAM de Punta Arenas

Declaración de la SEREMI de Desarrollo Social y Familia sobre el Centro ELEAM de Punta Arenas

Hemos recibido la siguiente declaración de la SEREMI de Desarrollo Social sobre el centro ELEAM de Punta Arenas:

«Respecto de la situación que se está viviendo en el ELEAM de Punta Arenas con el sindicato de trabajadores y los familiares de los residentes, es que, como  Secretaria Regional Ministerial de Desarrollo Social y Familia de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, luego de haber sostenido una reunión con ellos, declaro lo siguiente:

·         Lamento profundamente la situación que ocurre en el Establecimiento de Larga Estadía Cristina Calderón Harbán de Punta Arenas, pues nuestro principal compromiso siempre ha sido garantizar la atención y el cuidado de las personas mayores que residen en dicho lugar y que presentan dependencia moderada a severa.

·         Respecto del concurso público que se lleva adelante para iniciar un nuevo periodo de administración del ELEAM, señalo que este es un proceso normal que al Servicio Nacional del Adulto Mayor (SENAMA) le corresponde realizar, en el marco de sus competencias, y debido a que los convenios vigentes para la operación de sus Establecimientos de Larga Estadía finalizan el próximo 31 de julio.

·         Este proceso se desarrolla paralelamente en otros 11 Establecimientos de Larga Estadía del país, según todas las disposiciones legales vigentes, conforme al DS N°49, de 2011 del Ministerio de Planificación (hoy Ministerio de Desarrollo Social y Familia) en el que según el artículo 3°, N°4 fija que podrán participar todas aquellas instituciones sin fines de lucro, incluidas las municipalidades, que se encuentran inscritas en el Registro de Prestadores de Servicios Remunerados o no a Adultos Mayores de SENAMA y que acrediten capacidad institucional para operar el programa. 

·         Debido a esto mismo, es importante aclarar que es imposible la privatización de alguno de estos establecimientos, ya que las mismas bases establecen que sólo podrán participar como postulantes para su administración instituciones sin fines de lucro.

·         Estos procesos son públicos y abiertos para todas aquellas instituciones que cumpliendo con los requisitos establecidos en las Bases quieran o decidan participar. El Servicio Nacional del Adulto Mayor, no tiene la facultad para obligar a algún operador a participar, siendo esto de su exclusiva potestad.

·         En relación a la reducción de enfermeras, hay que dejar en claro que los Establecimientos para personas mayores no son centros de salud, aunque se rigen por Decreto 14 de MINSAL que establece dotación mínima, cuestión que está recogida en las bases del concurso. Es más, la dotación mínima requerida por SENAMA para los concursos ELEAM es mucho más exigente que el Decreto 14, tanto en número de cuidadores, como en profesionales de atención directa. 

·         Y en relación a que los funcionarios que ya trabajan en el lugar tienen un vínculo con los familiares y adultos mayores, además de capacitaciones en cuidado geriátrico, que no se debe desperdiciar. Entendemos que dentro del trabajo de atención directa con las personas mayores se establece una cercanía entre los cuidadores y profesionales con los residentes. Y es por ello, que SENAMA tiene toda la voluntad para recomendar al posible nuevo operador evaluar a los cuidadores para que tengan la posibilidad de integrarse al equipo del nuevo operador. Sin embargo, no contamos con la facultad para obligar a mantener a los actuales funcionarios, en caso de cambio de operador. Por esto, también dentro de las bases está considerado como obligación de cualquier operador contar con un plan de capacitación de todo el personal que trabaje en el ELEAM, para asegurar que sean cual sea el trabajador de atención directa cuente con capacitación especializada en personas mayores dependientes.

·         En el actual escenario el asegurar el bienestar y atención a las personas mayores residentes es la principal preocupación de SENAMA y de esta Seremía, y entendemos por las declaraciones de los trabajadores del ELEAM, que este principio es compartido. Debe ser siempre así, independiente de la institución que lo administre.

Liz Casanueva Méndez

Seremi de Desarrollo Social y Familia

Región de Magallanes y Antártica Chilena«