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SERNAC informa: empresas deben informar la vida útil de los productos durables en condiciones normales de uso

SERNAC informa: empresas deben informar la vida útil de los productos durables en condiciones normales de uso

●                   Previo a la Navidad y en el marco de la “Campaña Pro Consumidor”, el SERNAC recuerda además que los proveedores tienen que informar la vida útil estimada de estos productos, el plazo que dispondrán de repuestos y servicio técnico disponible.

●                   El SERNAC dictó una circular interpretativa que establece las directrices para aplicar la normativa.    

●                   Un sondeo del SERNAC reveló que un 98% de los consumidores consideraría la información en su decisión de compra si el atributo de durabilidad o vida útil estuviera informado en el rotulado de los productos.

Previo a la Navidad y en el marco de la campaña de la Ley Pro Consumidor «Más Derechos, Más Protección», el SERNAC recordó que las empresas que comercializan bienes durables tienen la obligación de informar su vida útil en condiciones normales de uso y el plazo durante el cual dispondrán de repuestos y servicio técnico.

El Director Nacional del SERNAC, Andrés Herrera, señaló que esta nueva exigencia que deben cumplir las empresas beneficiaría a los consumidores al momento de decidir sobre sus compras, especialmente en casos de productos de mayor costo y que suelen permanecer mucho tiempo en los hogares.

“Los bienes durables como un refrigerador, un televisor o un computador, tienen un precio más alto que los demás productos y, por ello, saber cuánto tiempo van a durar, ya sea 10 o 15 años, es importante para que el consumidor pueda comparar y tomar la mejor decisión”, afirmó Herrera.

Circular del SERNAC

En relación a esta materia, el SERNAC dictó una circular interpretativa para que las empresas que comercializan bienes durables sepan la forma o manera que deben cumplir con las obligaciones establecidas en la “Ley Pro Consumidor” de informar su duración y el plazo durante el cual dispondrán de repuestos y servicio técnico.

La norma de bienes durables entró en vigencia el pasado 24 de agosto, por lo que es exigible para todas las empresas del país.


La circular precisa que, el consumidor debe ser informado antes de la contratación, de manera inequívoca y veraz, no sólo respecto de la durabilidad del producto que pretende adquirir, sino que, además, respecto de las condiciones previsibles de uso que permitieron a la empresa determinar dicha durabilidad, así como también el tiempo por el cual tendrá repuestos y servicio técnico disponible.

El SERNAC enfatiza, además, que la disponibilidad de repuestos y servicio técnico es relevante para disminuir o erradicar el consumo de bienes durables como bienes desechables.

De acuerdo a lo establecido en la circular, el plazo de 6 meses para el ejercicio de la garantía legal no puede ser, en caso alguno, alterado por la información que se entregue respecto de la durabilidad de los bienes o de la disponibilidad de repuestos o servicio técnico.       

Asimismo, la circular aclara que, durante el período de durabilidad informado por las empresas, éstas estarán obligadas a disponer de todas las piezas susceptibles de reemplazo necesarias para la utilización del producto.

Respecto de los servicios técnicos, la circular del SERNAC establece que las empresas deben dan a conocer a los consumidores el listado de los prestadores mediante los cuales cumplirán con la obligación de reparación de los bienes en el plazo informado; además de tomar los resguardos para que estos cumplan con las condiciones de prestar un servicio con estándares de calidad.

La circular completa en www.sernac.cl

Estudio y encuesta SERNAC

El SERNAC realizó un estudio previo a la entrada en vigencia de esta norma, para conocer la información que entregaban las empresas sobre la durabilidad de los productos electrónicos que ofrecían.

En la oportunidad se analizaron alrededor de 590 productos durables comercializados a través de internet respecto de las categorías electrodomésticos, línea blanca, iluminación, audio, video y fotografía, y herramientas eléctricas y electrónicas.

Se constató que:

●                   La mayoría de los sitios web de las empresas no informan la duración o vida útil del producto.

●                   Tampoco indican adecuadamente la disposición de repuestos y el plazo por el cual estarán disponibles.

●                   El mejor comportamiento relacionado con la entrega de información de la vida útil corresponde a productos de iluminación y electrodomésticos.

●                   Al analizar productos específicos con mayor información respecto de su durabilidad, destacan las depiladoras láser y las ampolletas, los cuales, en general, informan en pulsaciones (depiladoras) u horas de uso estimadas (ampolletas).

Actualmente la norma está vigente, por lo que las empresas deben cumplir con sus exigencias. El SERNAC estará fiscalizando el cumplimiento de estas obligaciones.

Consumidores
Además, en el contexto del mismo estudio mencionado, el Servicio realizó una encuesta para conocer la percepción de los consumidores y grado de satisfacción con la durabilidad de los productos comercializados en el país, que fue respondida por casi 800 personas.

Consultados respecto de la importancia de la durabilidad o vida útil de un producto, un 88% de los encuestados señaló que es muy importante.

Por otro lado, un 98% manifiesta que consideraría en su decisión de compra de un producto eléctrico/electrónico si el atributo de durabilidad o vida útil estuviera informado en el rotulado.

De acuerdo con la circular, “la información sobre la durabilidad del producto, disponibilidad de repuestos y servicio técnico, debe consignarse de un modo que permita su visualización de forma previa a la contratación, junto con el resto de las características relevantes del bien”.

De esta manera, el consumidor puede acceder a esta información, de forma clara, a través de etiquetas, envases, embalajes, fichas de productos, entre otros.