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Socios de desaparecida Radio La Voz del Sur de Punta Arenas solicitaron a la Corte Interamericana de DDHH medidas reparatorias por confiscación en dictadura de este medio de comunicación

Socios de desaparecida Radio La Voz del Sur  de Punta Arenas solicitaron a la Corte Interamericana de DDHH medidas reparatorias por confiscación en dictadura de este medio de comunicación

La demanda contra Chile se relaciona con la presunta violación de la Convención Americana de Derechos Humanos cometida por el Estado al aplicar la prescripción de las acciones judiciales de reparación.

Las partes tienen un mes para presentar sus alegatos finales escritos y a partir de entonces la CorteIDH emitirá un fallo en los siguientes meses.

El caso alega a la falta de acceso a un recurso judicial efectivo para la reparación por la confiscación de la radio, el 11 de septiembre de 1973, en perjuicio de Mario Galetovic Sapunar, Daniel Ruiz Oyarzo, Carlos González Jaksic, Oscar Santiago Mayorga Paredes, Hugo René Formantel Díaz y Néstor Edmundo Navarro Alvarado.

Estas personas formaban parte de la sociedad Ruiz y Compañía Ltda., la cual administraba y operaba la emisora ‘La Voz del Sur’ de la ciudad de Punta Arenas, en Chile.

En la audiencia pública realizada este 7 de febrero en San José de Costa Rica, en el 164° período de sesiones del la CorteIDH se escuchó las presentaciones hechas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, de los representantes del Estado y del estudio Jurídico Colombara que representa a los afectados.

Representante de organizaciones de Derechos Humanos de Punta Arenas, como familiares de las víctimas del: 

Socio propietario y en aquel entonces diputado, Carlos González, 

Socio propietario y locutor René Formantel, 

socio propietario y  periodista Oscar Mayorga y 

socio propietario, director y locutor Daniel Ruiz Oyarzo, 

se reunieron en el Instituto de DD.HH. para presenciar juntos la Audiencia de este caso.

Mario Galetovic Sapunar, de 92 años, quien representa a la sociedad, puntualizó en su declaración que «La usurpación de los bienes de la radio, el daño que se nos produjo en nuestros trabajos, fuimos detenidos, pasamos largos periodos en campos de concentración, en cuarteles militares, en la cárcel y todos los sufrimientos inenarrables como consecuencia de la brutalidad a la que fuimos sometidos física y piscológicamente, creo que serán debidamente considerados por la honorable Corte Interamericana de Derechos Humanos y tendremos una reparación justa en lo pecuniario, en lo social y en lo moral».

En la oportunidad, los representantes del Estado de Chile defendieron la prescripción del caso, a pesar de reconocer  la violación de los derechos humanos y expresar su solidaridad con Galetovic y las otras víctimas del caso por las prisiones políticas y torturas, así como por el impacto personal y familiar.

Los Hechos

El 11 de septiembre de 1973, fecha del golpe cívico y militar en Chile, cuando la radioemisora terminaba de transmitir el discurso del entonces presidente Salvador Allende Gossens antes de su muerte, fuerzas del Ministerio de Defensa tomaron posesión de las instalaciones de la radio, y los socios fueron llevados a distintos centros de detención,  donde fueron torturados, algunos de ellos por casi dos años.

Mediante Decreto No. 1163 de 1974 del Ministerio del Interior se declaró disuelta la sociedad y se ordenó pasar la radioemisora a dominio del Estado de Chile. En 1975, la dictadura cívico-militar transfirió a título gratuito a la Radio Nacional de Chile todos los bienes que habían sido de propiedad de la Sociedad Ruiz y Compañía. Posteriormente, las víctimas presentaron una demanda judicial solicitando se declarara la nulidad de derecho público de los decretos que les habían afectado.

El 24 de noviembre de 1997 el 7 Juzgado Civil de Santiago emitió sentencia a favor de la parte demandante al considerar que la administración estatal durante la dictadura, carecía de atribuciones para ejercer funciones jurisdiccionales que eran exclusivas y propias de los tribunales de justicia. El 13 de marzo de 2002, la Corte de Apelaciones confirmó íntegramente la sentencia de primera instancia.

El 21 de enero de 2004, el Fisco de Chile interpuso recurso de casación y la Sala Tercera Constitucional de la Corte Suprema de Chile acogió los argumentos del Estado y resolvió que, si bien los decretos eran nulos, la acción para reclamar la compensación por las consecuencias patrimoniales de dicha nulidad había prescrito a los cinco años de la promulgación de los decretos, esto es en 1979, en plena Dictadura y estando las víctimas  bajo acusaciones por Consejos de Guerra, relegadas en otros territorios de Chile y/o exiliadas.

El director de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, Tomás Pascual, dijo en la audiencia que en este caso hay evidentes violaciones e ilegalidades y que los horrores de la dictadura civil militar chilena persisten hasta el día de hoy y reconoció que “este es un caso de derechos humanos en donde el señor Galetovic y sus compañeros fueron despojados de una radio como muchas otras personas fueron despojadas de sus bienes».

Radio Presidente Ibañez de Punta Arenas a través de todas sus plataformas, en un programa especial, con la conducción de Pedro Guichapany y el apoyo de la abogada Andrea Bluck, transmitió esta audiencia dando cuenta de su apoyo a la libertad de expresión, rechazo a la censura y como un claro gesto de solidaridad con los afectados.

La audiencia, realizada este 7 de febrero  puede revisarse en su totalidad en: