Proponen suspender derechos y beneficios sociales a extranjeros en situación migratoria irregular.
Un proyecto de reforma constitucional, patrocinado la senadora Kaiser, junto a los senadores Urrutia y Vial, busca establecer un régimen especial para los extranjeros que ingresen ilegalmente a Chile o permanezcan en el territorio nacional sin contar con un permiso migratorio vigente.
La propuesta plantea incorporar a la Constitución un nuevo capítulo denominado “Estatuto Constitucional del Extranjero en Situación Irregular”, con el objetivo de determinar qué derechos conservarían estas personas y cuáles quedarían suspendidos mientras se mantenga su situación migratoria.
En sus fundamentos, los autores sostienen que Chile ha perdido el control de sus fronteras y que la migración irregular constituye una falla estructural del Estado para ejercer su soberanía. A su juicio, el ingreso clandestino al país no tiene actualmente consecuencias constitucionales específicas, lo que consideran un incentivo para incumplir las normas migratorias.
La moción señala que corresponde al Estado determinar quiénes pueden ingresar y permanecer en el territorio nacional. En ese sentido, sus impulsores cuestionan que personas que han vulnerado los controles fronterizos puedan acceder a derechos sociales, beneficios y mecanismos de arraigo.
Según los parlamentarios, esta situación se ha visto favorecida por interpretaciones judiciales y de organismos internacionales que, en su opinión, han ampliado la protección de los extranjeros en situación irregular. Por ello, consideran necesario establecer expresamente en la Constitución que el cumplimiento de la legislación migratoria constituye una condición para exigir determinados derechos.
Otro de los fundamentos de la iniciativa se relaciona con el acceso a las prestaciones financiadas por el Estado. Los autores sostienen que los recursos públicos deben destinarse prioritariamente a los nacionales y cuestionan que quienes ingresaron al país eludiendo los controles de Carabineros o de la Policía de Investigaciones puedan acceder, en condiciones de igualdad o preferencia, a vivienda, salud, educación y ayudas sociales.
En materia de seguridad, la moción vincula el ingreso clandestino con el aumento de la criminalidad organizada transnacional, la trata de personas y los delitos violentos. A partir de los artículos 1° y 101 de la Constitución, invoca el deber estatal de proteger a la población y plantea la necesidad de distinguir entre los extranjeros que solicitan residencia conforme a la ley y aquellos que ingresan o permanecen irregularmente.
Sobre la base de estos argumentos, el proyecto propone reconocer constitucionalmente que la situación de los extranjeros que ingresan clandestinamente o permanecen ilegalmente en Chile es precaria y transitoria, y que no genera arraigo.
Para ello, la iniciativa considera en situación migratoria irregular tanto a quienes ingresen por pasos no habilitados o eludiendo los controles fronterizos como a quienes, habiendo entrado legalmente, permanezcan en el país después del vencimiento de su permiso.
Respecto de estas personas, el texto establece que la protección estatal de determinados derechos esenciales quedaría limitada mientras subsista su situación migratoria irregular.
Sin embargo, la propuesta señala expresamente que algunos derechos se mantendrían plenamente protegidos. Entre ellos se encuentran el derecho a la vida, a la integridad física y psíquica, a no ser sometido a torturas ni a tratos crueles, inhumanos o degradantes, así como el derecho al honor y a la protección de la dignidad personal.
También garantiza el debido proceso en los procedimientos de expulsión y control migratorio.
En cambio, el proyecto contempla suspender el ejercicio de otros derechos mientras la persona permanezca en situación irregular.
Entre ellos se encuentran la libertad de circulación, el libre tránsito, el derecho a residir y permanecer en cualquier lugar del país y la facultad de entrar y salir del territorio nacional.
La suspensión también comprendería la libertad de trabajo, de emprendimiento y de sindicación, así como el derecho a la seguridad social, tanto en su modalidad contributiva como no contributiva. En este último ámbito, la iniciativa establece expresamente una excepción para la atención de urgencia sanitaria.
Asimismo, propone suspender el derecho a obtener subsidios, prestaciones y beneficios sociales del Estado, junto con los derechos de reunión y asociación cuando se ejerzan con fines de permanencia en el país.
De acuerdo con el texto, estos derechos no podrían exigirse al Estado chileno mientras se mantenga la condición migratoria irregular, por considerarse incompatibles con el incumplimiento de las normas que regulan el ingreso y permanencia en el territorio nacional.
La reforma también busca establecer expresamente la facultad del Estado para detener, retener y expulsar a los extranjeros en situación irregular, en ejercicio de su soberanía y con el propósito de proteger el orden público y la seguridad interior.
Según la propuesta, estas medidas no constituirían una privación arbitraria de los derechos cuya suspensión se contempla en el nuevo estatuto constitucional.
Para regular su aplicación, la iniciativa dispone que una ley de quórum calificado deberá establecer un procedimiento expedito de expulsión, las condiciones de la retención administrativa y las reglas relativas a la suspensión de beneficios.
Junto con la creación del nuevo capítulo constitucional, el proyecto propone modificar el artículo 19 N°7, letra a), de la Constitución, que regula aspectos de la libertad personal y de circulación.
La modificación busca establecer que los derechos a permanecer, residir y desplazarse libremente por el territorio nacional, así como a entrar y salir del país, solo corresponderían a los extranjeros que mantengan una situación migratoria regular.
En consecuencia, el texto señala que los extranjeros en situación irregular no gozarían de esas libertades y podrían ser expulsados conforme a la Constitución y a la ley.
De esta manera, la reforma pretende incorporar a nivel constitucional una diferenciación expresa entre extranjeros con situación migratoria regular e irregular, estableciendo restricciones al ejercicio de determinados derechos y al acceso a prestaciones estatales, sin eliminar las garantías esenciales que el propio proyecto identifica como plenamente protegidas.
La iniciativa corresponde a una propuesta de modificación constitucional y, por tanto, las restricciones contempladas en su articulado no constituyen normas actualmente vigentes.

