Segundo Juzgado de Letras de Punta Arenas condena al Fisco a pagar indemnización de perjuicios por muerte de niño atropellado por patrulla de Carabineros

Segundo Juzgado de Letras de Punta Arenas condena al Fisco a pagar indemnización de perjuicios por muerte de niño atropellado por patrulla de Carabineros

 

TRIBUNALESPARENASEl Segundo Juzgado de Letras de la capital magallánica condenó al Estado de Chile -el viernes 5 de febrero recién pasado- a pagar la suma de $60.000.00 (sesenta millones de pesos) a la madre de Jeffrey García Mazuera,  niño de 13 años que falleció tras ser atropellado por una patrulla de Carabineros, cuando cruzó  repentinamente la calle en busca de una pelota de fútbol, en el sector sur de la ciudad, en mayo de 2012.

El magistrado del Segundo Juzgado de Letras, Claudio Jara Inostroza, dictó sentencia  (causa rol 659-2013),  a favor de la madre del niño, Diana Ximena Mazuera Montoya, quien interpuso la demanda civil para reparar “el daño moral sufrido, consistente en el dolor insuperable e irremediable a raíz de la muerte de su hijo”, indica  la resolución.

“Se acoge, con costas, la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad civil extracontractual de lo principal de fs. 1 y siguientes, sólo en cuanto el Fisco de Chile deber pagar a la actora, por concepto de daño moral, la cantidad de $60.000.00 (sesenta millones de pesos), suma que devengar reajustes e intereses en la forma indicada en el considerando trigésimo cuarto”,  indica la sentencia.

Resolución que agrega: “(…) considerando que resulta evidente que la muerte de un hijo, en las circunstancias de que se trata, produjo en la actora aflicción y dolor de carácter  espiritual, no cabe sino concluir que ha sufrido un daño de tipo moral que debe ser indemnizado”.

El informe pericial de Sección de Investigación de Accidentes del Tránsito de Carabineros de Chile afirma que el vehículo policial “era conducido a una velocidad superior a 91 kilómetros por hora en zona urbana y de escuela, y considerando que no se informa de la existencia de una zona configurada como paso o tránsito peatonal en las proximidades del lugar del atropello, permite descartar que la muerte del hijo de la actora fuera causada exclusivamente por la culpa de éste”.

 

El fallo agrega que “a igual conclusión se arriba, si se consideran los antecedentes allegados al sumario administrativo que se tienen a la vista, en que se dictaminó: que el Sargento Maureira Jeréz conducía a exceso de velocidad, de modo negligente, poniendo en riesgo a sus acompañantes, dañando un vehículo policial y originando la muerte de un menor; que el teniente jefe de patrulla permitió, de modo negligente, que su conductor se desplazara a exceso de velocidad.

 

“Igualmente, el informe del Servicio Jurídico de Carabineros de Chile evacuado en el sumario, de fecha 14 de diciembre de 2012, que se agrega a fs. 189 del mismo, pone de relieve la infracción del conductor a su deber de mantener en todo momento una velocidad que le permita un efectivo control del vehículo, salvo en situaciones de emergencia, debidamente ponderadas y ajustadas a la normativa del tránsito, y a la obligación de cumplir ante todo las disposiciones del tránsito y conducir de manera ponderada, con mesura y racionalidad en la concurrencia a procedimientos policiales de importancia, gravedad o trascendencia, los que ameritan una conducción segura por el personal que concurra a los mismos”, sostiene el fallo.