Subsidio de Cesantía para trabajadores: ¿cómo funciona?
Descripción del SEGURO DE CESANTÍA.
Permite a trabajadores que se encuentran cesantes acceder a una ayuda económica mensual, por un período máximo de 360 días, que da derecho a:
- Asistencia médica gratuita en los consultorios y hospitales del Servicio Nacional de Salud.
- Recibir Asignación Familiar y/o Maternal por sus cargas reconocidas.
- Asignación por muerte, que cubre los gastos funerarios en caso de que el beneficiario fallezca.
El beneficio debe ser solicitado ante la institución previsional que corresponda al trabajador subsidiado (IPS o caja de compensación). Ésta también será la encargada de su pago, por mes vencido, desde la fecha de presentación de la solicitud hasta que se cumplan los 360 días.
MARCO LEGAL
¿A quién está dirigido?
Trabajadores cesantes que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener, al menos, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
- Estar inscritos en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda a su lugar de residencia.
- Estar inscritos en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002 (si fue firmado después de esa fecha, el trabajador cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía, pagado por la AFC).
¿Qué necesito para hacer el trámite?
- Cédula de identidad del interesado.
- Formulario de solicitud de subsidio de cesantía, que se obtiene en oficinas de IPS-ChileAtiende o en la Caja de Compensación que corresponda.
- Finiquito otorgado por el empleador.
- Certificado de afiliación del IPS o AFP, según corresponda.
- Fotocopia de inscripción en el registro de cesantía de la municipalidad.
¿Cual es el costo del trámite?
No tiene costo.
¿Qué vigencia tiene?
- Se otorga por períodos de 90 días, renovables, si se acredita que persiste en su condición de cesante, hasta totalizar el máximo de 360 días.
- El beneficio se pierde si la persona es contratada o no cumple con el requisito de acudir a la municipalidad para efectos de control.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
- Reúna los antecedentes mencionados en el campo documentos requeridos.
- Diríjase a un punto de atención IPS-ChileAtiende más cercano a su domicilio o a la oficina de las Cajas de Compensación de Asignación Familiar (CCAF) a la que se encuentra afiliado su exempleador. En el caso de los empleados públicos, a su exservicio.
- Explique el motivo de su visita: solicitar el Subsidio de Cesantía.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el subsidio.
CHILE ATIENDE en:
Punta Arenas, Pedro Montt 870, Lunes a jueves, de 8:30 a 15:30 hrs. – Viernes, de 8:30 a 14:00 hrs.
Puerto Natales, Magallanes 110, atiende: Lunes a jueves, de 8:30 a 15:30 hrs. – Viernes, de 8:30 a 14:00 hrs.
Porvenir, Muñoz Gamero 366, atiende: Lunes a jueves, de 8:30 a 15:30 hrs. – Viernes, de 8:30 a 14:00 hrs.

