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Obreros y empleados, una diferencia que va desapareciendo – Juan Morano Cornejo – Opinión

Obreros y empleados, una diferencia que va desapareciendo – Juan Morano Cornejo – Opinión

Hace un pocos días comenzó la vigencia de la ley que eliminó la diferencia para la atención de los accidentes laborales entre los que eran clasificados como “empleados” y “obreros”. Esta iniciativa fruto de mi trabajo legislativo en el año 2014, tras tres años de tramitación y uno de su promulgación hoy se encuentra plenamente vigente.

Inicialmente se señaló que no era posible avanzar en la tramitación de esta iniciativa, al ser propuesta por un parlamentario y afectar el presupuesto de la Nación, felizmente fruto de las conversaciones con las Ministras Ximena Rincón y Alejandra Krauss, con el Presidente de la Cámara de Diputados Osvaldo Andrade y la decisión de la Presidenta de la República Michelle Bachelet, que la hizo suya en el mensaje presidencial del 21 de Mayo del 2017, y que al patrocinar la iniciativa, dio un paso decisivo para su aprobación, donde finalmente los parlamentarios de la Alianza también se plegaron, la única sombra fue que su vigencia se postergo casí una año, hasta este mes de enero de 2019. La gran dificultad era los recursos que el Minsal recibía por esta vía para la atención de los “obreros”

Es así como desde el 1° de enero, la Ley N°21.054  pone  fin a la discriminación que existía entre obreros y empleados, para la cobertura del Seguro Social contra Riesgos de  Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales que establece la Ley N°16.744 y a la coadministración, que respecto de los primeros ejercían el Instituto de Seguridad Laboral.

Quienes estaban calificados, hasta el 31 de diciembre de 2018, como obreros se veían obligados, ante un accidente laboral, de trayecto o enfermedad profesional, a atenderse sólo en establecimientos de la red de salud pública, en tanto los calificados como empleados, pueden atenderse, además, en establecimientos de salud privada en convenio con el Instituto de Seguridad Laboral. Con esta nueva ley, el ISL asume la administración total del Seguro de todos los trabajadores, hombres y mujeres, afiliados a ellos.

Hoy todos pueden:  * Acceder a toda la red de prestadores médicos en convenio del ISL, públicos y privados.

                            *  Recepcionar y tramitar las licencias médicas de tipo 5 y 6 directamente en el Instituto de Seguridad Laboral, a través del Sistema de Ventanilla Única de Atención.

* (fuente ISL)