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Ministros de Obras Públicas y de Medio Ambiente valoran aprobación de Código de Aguas

Ministros de Obras Públicas y de Medio Ambiente valoran aprobación de Código de Aguas

Ministros de Obras Públicas y Medio Ambiente valoran promulgación del Código de Aguas
Luego de que este viernes el Presidente de la República, Gabriel Boric, promulgara la reforma al
Código de Aguas -que fue despachada por el Congreso Nacional a comienzos de enero- la ministra
de Medio Ambiente, Maisa Rojas, y el ministro de Obras Públicas, Juan Carlos García, valoraron
el avance que implica esta ley, que permitirá entre otras cosas declarar las aguas, independiente
su estado, como “bienes nacionales de uso público”. Además, ambas autoridades se
comprometieron a comenzar a trabajar desde hoy mismo en la implementación de las
oportunidades que ofrece esta reforma.
Para el ministro Juan Carlos García, esta reforma implica que “se garantiza el derecho humano al
agua para todas y todos. Lo que se busca es una transición hídrica justa, que solucione los
problemas de inequidad que padecen miles de chilenas y chilenos en el acceso a este vital
elemento”.
El ministro de Obras Públicas también agregó que este avance es aún más importante, en medio
del contexto ambiental que vivimos, donde se requiere “avanzar con urgencia en nuevas
medidas, para enfrentar con decisión el cambio climático, a través de una mirada integral del
cuidado del agua, desde lo social y lo ambiental y una participación activa de la gente”.
Por su parte, la ministra Maisa Rojas señaló que hoy se cuenta con un instrumento que entrega
oportunidades para hacer un uso más sustentable del agua. “Reconocer que el agua es un bien
nacional de uso público permite y facilita las acciones del Estado para resguardar el consumo
humano y saneamiento y para cuidar nuestros ecosistemas”, expresó.
La titular de Medio Ambiente destacó también que «por primera vez se integra al cambio
climático como un factor que amenaza y limita la disponibilidad de agua. Y muy importante, se
protege la función ecosistémica del agua, resguardando y prohibiendo la entrega de derechos en
glaciares, sectores de vegas, bofedales, humedales y áreas declaradas bajo protección de la
biodiversidad».
Cabe mencionar que la modificación al Código de Aguas se inició por moción parlamentaria en la
Cámara de Diputados el 17 de marzo de 2011, siendo finalmente aprobada y despachada por el
Congreso en enero de este año, con votación unánime del Senado.
Los principales contenidos de la reforma:

  1. Se establece la prioridad del agua para el consumo humano, saneamiento y usos
    domésticos de subsistencia por sobre otros usos, tanto en el otorgamiento como en el ejercicio
    de los Derechos de Aprovechamiento de Aguas (DAA), así como en la redistribución cuando
    existan condiciones de escasez.
  2. En Servicios Sanitarios Rurales se fortalece su gestión. El Presidente de la República, sobre
    la base de informe de la Dirección General de Aguas, puede constituir DAA aun sin disponibilidad
    administrativa, entre otras medidas.
  3. Los nuevos derechos se otorgarán por 30 años (los antiguos derechos son indefinidos) y
    se renovarán automáticamente si estuvieren en uso y, además, la DGA podrá otorgar derechos
    con una duración menor.
  4. Se establece que la Dirección General de Aguas (DGA) elaborará Planes Estratégicos de
    Recursos Hídricos (PERH) para cada una de las 101 cuencas del país en un plazo máximo de 10
    años y su posterior actualización.
  5. En situaciones severa sequía (condición para declarar zona de escasez), se otorgan
    mayores atribuciones a la DGA para redistribuir el agua en favor del consumo humano y uso
    doméstico de subsistencia, pudiendo exigir a los y las usuarias, alcanzar un acuerdo con plazos
    perentorios para el uso del recurso disponible o en caso contrario proceder a la intervención para
    cumplir con el objetivo.

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