Análisis de la salud laboral en Chile

Análisis de la salud laboral en Chile

La salud laboral en Chile está cada vez más precarizada, pese a los protocolos MINSAL que rigen y que tienen un objetivo preventivo. Basta ver la cantidad de ingresos de denuncias de enfermedades profesionales que cada año se reportan a los organismos administradores de la Ley 16.744.  Esta cifra en el año 2023 fue de 85.618 casos según estadísticas proporcionadas por la SUSESO en su informe anual de seguridad y salud ocupacional 2023.

Cifra preocupante si consideramos que solo el 12% de 85.618 de denuncias el año 2023 fueron calificadas como enfermedad profesional por parte de las mutualidades.  No deja de sorprender que entre organismos administradores de la ley y empresas existe de igual manera un “contrato comercial” que se da en razón de la evaluación de la cotización adicional que se determina por ley y que cada empresa adherente debe pagar por cada trabajador que labore en ella.

Es acá donde lastimosamente los trabajadores y trabajadoras, en la realidad, se ven perjudicados en tanto, deben acudir a la cobertura particular, a través de sus isapres o Fonasa con todos los inconvenientes que ello conlleva, cuando su problema tiene un origen laboral.

Por ejemplo, en el caso de enfermedades profesionales asociadas a trastornos musculoesqueléticos en el año 2023 la cifra fue de 24.829.  De esta cifra se desprende que solo el 11% fue calificado por el organismo administrador como enfermedad profesional.

En las empresas, hay actividades que desarrollan ciertos equipos de trabajo y que conllevan a dolencias identificadas y que son frecuentes y reiterativas en el tiempo, como son: problemas del manguito rotador, tendinitis, problemas de hernias y discopatías en la columna y problemas en las rodillas, entre otras.  Cuando un trabajador establece una denuncia por cualquiera de estas dolencias muchas de estas, terminan calificadas como “ENFERMEDAD COMUN” dejando en desamparo la atención de salud que requiere esa o ese trabajador quién necesita por lo general resolverlo con una cirugía para poder retornar en mejor estado de bienestar a su trabajo y poder de esta manera ejecutar sus labores.  Tal parece que cuando se habla de palabras mayores “cirugías” las mutualidades terminan calificando de enfermedad común acusando en la mayoría de los casos “preexistencias”.

Por otro lado, las empresas ni siquiera establecen el debido cuidado de sus trabajadoras o trabajadores en realizar el análisis correspondiente o estudio adecuado de reincidencias de ciertas dolencias en determinados grupos de trabajo como para defender la postura del trabajador(a).  En estos casos y evidentemente, priman las estadísticas por sobre la salud de los trabajadores(as). Es dable pensar que con cada enfermedad profesional aumenta además esta cotización diferencial establecida por ley. 

Con estos antecedentes no podemos estar hablando de una empresa saludable o preocupada por las personas y menos, cuando existen prácticas donde tras una calificación del organismo administrador de enfermedad profesional, la empresa interpone recursos para apoyar la postura de la mutualidad, esto es, que se declare como enfermedad común.  Estas malas prácticas fueron establecidas en empresas del Estado como ENAP en su filial en Magallanes.  Es decir, mientras el Gobierno avanza en políticas sociales, las empresas mantienen una gran masa de trabajadores(as) enfermos(as).

Cuando un trabajador(a) enferma a consecuencia del trabajo y no obtiene la debida cobertura de su mutualidad y es derivado al sistema de salud común, ese trabajador(a) no dará prioridad precisamente a su recuperación sobre todo porque la mayoría de esas cirugías cuestan millones de pesos.  El trabajador(a) dará prioridad a su familia y se postergará acudiendo, en caso de dolor extremo, a licencias, terapias y/o infiltraciones para sobrellevar el dolor.  De esta manera, retornan a trabajar, enfermos(as) agravando más aún su condición que terminará en más licencias, más terapias, más infiltraciones.

Penosamente, hace poco esta misma empresa del Estado despidió gente que mantenía con licencias médicas, algunos de ellos, debían someterse a operaciones relacionadas a las dolencias mencionadas.  Es decir, la empresa no solo presenta sendos recursos legales para intervenir en su calificación, sino que además, establece reestructuraciones que terminan en despidos.

La empresa que establece un plan de despidos tomando como base el ausentismo a causa de licencias médicas y que no es capaz de realizar un estudio de potenciales enfermedades que ella misma puede estar originando, habla de una empresa que no empatiza con el mayor recurso que tiene que son las personas y su salud, que no tiene claro el concepto de trabajo decente y protección social.  Más aun cuando para ingresar a esta empresa, se establece un catálogo extenso y estricto de exámenes que aseguran que el trabajador o trabajadora ingresaron sanos a esta empresa de estado, pero no salen de la misma manera.

Es preciso y de manera urgente, cambiar las leyes que hoy definen nuestra seguridad social, no es posible que las mutualidades sean  “juez y parte” en un proceso donde evidentemente hay conflicto de interés.  Estos procesos deberían ser manejados por entes externos de manera imparcial.

Las y los trabajadores merecen respeto, son ellos(as) quiénes levantan la economía, son ellos(as) quiénes mantuvieron en pie este país en tiempo de crisis, son ellos(as) la piedra angular y base de toda empresa.

Graciela Vásquez Cruces

Presidente Sindicato de Trabajadores ENAP Magallanes