El itinerario político de la descentralización – Edmundo Leiva – Opinión
El Itinerario político de la Descentralización
“No existe nada más poderoso que una idea a la que le ha llegado su tiempo” decía Víctor Hugo, y al fin, en buena hora y mediante el esfuerzo de muchísimas personas, la palabra Descentralización se ha convertido en una palabra relevante. Pronto comenzará la revolución de las regiones y en menos de un santiamén seremos testigos de una de las reformas políticas y administrativas más importantes que el estado haya llevado adelante en los últimos años. Hemos logrado avanzar hacia la creación de un Estado unitario, pero descentralizado, objetivo que no exento de dificultades político legislativas, ha terminado siendo consensuado a nivel país a partir del gran trabajo que iniciaran los participantes de la Comisión Asesora Presidencial para la Descentralización del 2014.
Sugiero poner atención al siguiente itinerario, he aquí el marco sobre el cual repensar el desarrollo futuro de las regiones y de nuestro país. Chile debería ser un país descentralizado, o no será desarrollado decimos varios. En este caso el proceso ha comenzado por la descentralización política, pero también existen reformas en descentralización administrativa y fiscal, tambien en el desarrollo de acciones destinadas a fortalecer el capital humano y la participación ciudadana. A partir de ahora no serán pocos los estrategas políticos, que seguramente ya están con calculadora en mano, observando que las cosas nunca volverán a ser como antes. ¿Los ayudamos un poco? ¿Le parece?
25 octubre del año 2018, Residencia: Para poder ser candidato a Gobernador Regional se debe residir la región respectiva a lo menos dos años antes del día de la elección.
25 de octubre del año 2019, Incompatibilidad: Con un año de anticipación al día de la elección, deberán renunciar al ejercicio de sus funciones, los ministros de Estado, los subsecretarios, los delegados presidenciales regionales presidenciales y provinciales, que hayan sido designados, los Secretarios Regionales Ministeriales, los miembros del consejo del Banco Central y el Contralor General de la República, Los diputados y senadores. Los alcaldes y concejales, los miembros y funcionarios de los diferentes escalafones del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Contraloría General de la República, del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, del Tribunal de Contratación Pública, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales, los consejeros del Consejo para la Transparencia, los consejeros y funcionarios del Servicio Electoral, y los miembros activos de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, que pretendan ser candidatos a Gobernadores Regionales.
25 de octubre del año 2020, Elección Democrática de los Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales: Con excepción de los consejeros Regionales, que serán elegidos solo por esta vez, el año 2021. Las elecciones de gobernadores regionales se harán cada cuatro años, junto con las futuras elecciones de consejeros regionales y las elecciones municipales. Es decir, la primera elección de nuestra principal autoridad regional se llevará adelante el último domingo del mes de octubre del 2020, junto con las elecciones de Alcaldes y Concejales. (tome nota)
El Gobernador Regional deberá ser elegido por sufragio universal, en votación directa, resultando electo el candidato que logre la mayoría de los votos válidamente emitidos, es decir, excluyendo los blancos y nulos. Esa mayoría deberá ser al menos de un 40% de los sufragios válidamente emitidos. Si hay más de dos candidatos y ninguno logra el 40% de los votos válidamente emitidos, habrá una segunda vuelta entre los dos más votados. Los Gobernadores Regionales, durarán cuatro años en el ejercicio de sus funciones y podrán ser reelegidos consecutivamente sólo para el período siguiente.
5 de enero del año 2021, Presidente del Core finaliza su período: El Presidente del Consejo Regional electo entre sus pares, se mantendrá como Presidente hasta el día 5 de enero del año 2021
6 de enero del año 2021, Nomenclatura: Los cargos de Intendentes y de Gobernadores Provinciales pasarán a denominarse como “Delegados Presidenciales Regionales” y “Delegados Presidenciales Provinciales” respectivamente, el cargo de Intendente Regional, desaparecerá para dar paso a la figura del Gobernador Regional.
6 de enero del año 2021, Designación de autoridades de la Administración Regional Desconcentrada: El Delegado Presidencial Regional deberá obviamente ser designado por el Presidente de la República y, para cumplir sus funciones de Orden y Seguridad Pública, de Coordinación y de Supervigilancia de los diversos organismos de la administración del estado en la Región, asentará el ejercicio de su autoridad en la capital regional, tomando posicionamiento de la que en ese momento ya será la otrora Gobernación Provincial de cada capital de Provincia. Los Delegados Presidenciales deberán dirigir las tareas de Gobierno Interior de acuerdo a las instrucciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, velando por la tranquilidad, el orden público y el resguardo de las personas y bienes en sus respectivos territorios y podrán para ello, requerir del auxilio de la fuerza pública, aplicar las disposiciones de la ley de extranjería, y adoptar todas las medidas necesarias para prevenir y enfrentar situaciones de Emergencia o catástrofe, administrar los complejos Fronterizos. Ellos, podrán además proponer al Presidente la designación de los Seremis, y lo que hoy conocemos como “Gabinete Regional del Intendente”, pasará a denominarse oficialmente como “Órgano Auxiliar del Delegado Presidencial Regional”, y según se establece la reforma, este espacio político de coordinación regional deberá estar integrado por los Delegados Presidenciales Provinciales y los Secretarios Regionales Ministeriales, sin perjuicio de que se pueda disponer que también puedan concurrir a él en carácter de invitados, otros jefes regionales de organismos de la administración del Estado.
6 de enero del año 2021: Gobernador Regional iniciará su mandato: El Gobernador Regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole además presidir el consejo regional, ejerciendo competencias Normativas, de Planificación, de Financiamiento, de Coordinación, y de ejecución de políticas públicas en todo el territorio regional. Entre sus principales funciones, podrá formular políticas de desarrollo, someter al consejo regional los proyectos de presupuesto, proponer la distribución de los recursos del o los programas de inversión, la celebración de los convenios de programación y el anteproyecto regional de inversiones. El Gobernador Regional, representará judicial y extrajudicialmente al gobierno regional, pudiendo ejecutar los actos y celebrar los contratos de su competencia o los que le encomiende el consejo. Podrá nombrar y remover a los funcionarios que la ley determine como de su confianza. Deberá velar por el cumplimiento de las normas sobre probidad administrativa. Ejercer la administración de los bienes y recursos propios del gobierno regional y Administrar, en los casos que determine la ley, los bienes nacionales de uso público. También podrá Dictar las resoluciones e instrucciones que estime necesarias para el ejercicio de sus atribuciones, y podrá promulgar, previo acuerdo del consejo regional, el plan regional de ordenamiento territorial, los planes reguladores metropolitanos e intercomunales, comunales y seccionales y los planos de detalle de planes reguladores intercomunales.
Compatriotas, la Descentralización ha llegado para instalarse, a partir de este momento una nueva cultura tendrá que comenzar a desarrollarse entre los chilenos, un nuevo modelo gubernamental y mental comenzará por liberar las ataduras del centralismo, las regiones deberemos avanzar con responsabilidad hacia el fortalecimiento de nuestras propias capacidades locales y regionales de gobernanza, participación ciudadana y de mayor control democrático. Tal como lo recomendó la Comisión Presidencial en 2014.
Edmundo Leiva

