IPS destaca la nueva cotización adicional del 1% del empleador

IPS destaca la nueva cotización adicional del 1% del empleador

Si eres empleador o empleadora y aún no sabes cómo hacer la cotización adicional del 1% en @PreviRed, te invitamos a que revises???? los tutoriales sobre la forma de realizar el pago✔️.

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A partir de agosto de 2025, todos los empleadores, sin excepción, deberán incorporar una nueva cotización obligatoria del 1% adicional, conforme a la implementación de la Reforma Previsional (Ley N° 21.735).

Esta cotización es de cargo exclusivo del empleador y no afecta las remuneraciones de los trabajadores y trabajadoras.

¿Cómo se distribuye la cotización del 1% de cargo del empleador?

  • 0,1%: se deposita en la cuenta de capitalización individual de AFP, lo que se sumará al 10% de cotización obligatoria de cargo del trabajador.
  • 0,9%: se destina al Seguro Social Previsional (SSP) que irá al Fondo Autónomo de Protección Previsional.

 ¿Dónde y cómo declarar esta nueva cotización?

  • La declaración y pago de cotizaciones se realizará a través de Previred, en los mismos plazos y mecanismos que se utilizan para las cotizaciones actuales. Es decir, hasta el día 10 del mes siguiente del pago de remuneraciones o hasta el 13 si el pago es electrónico.
  • Al ingresar a www.previred.com a pagar las cotizaciones de agosto, las personas encontrarán los nuevos campos disponibles para pagar el Seguro Social Previsional.  Es decir, para empleadores que realizan directamente la declaración y pago de cotizaciones en el sitio www.previred.com, la información del Seguro Social estará disponible de forma automática para el pago de cotizaciones correspondiente a agosto.
  • Para empleadores que utilizan software de remuneraciones o cargan nóminas de trabajadores al portal de Previred, deberán incorporar los nuevos campos para declarar el Seguro Social. Más información sobre el archivo de 105 campos la pueden encontrar en www.previred.com o contactarse con sus canales de atención.

Cambios en el formulario de recaudación

  • Se incluirá una línea nueva para el aporte del empleador al Seguro Social que corresponde al 0,9% de la remuneración imponible.
  • Será obligatorio declarar, por parte del empleador, el tipo de jornada del trabajador (completa o parcial). Se asume que la jornada parcial corresponde a menos de 30 horas semanales.
  • Remuneraciones y gratificaciones deberán declararse en formularios separados por cada período de cotización, para determinar correctamente el número de períodos cotizados, que se utilizará en el beneficio por años cotizados.

Estos nuevos campos permitirán gestionar correctamente situaciones como:

  • Licencias médicas: declarando la RIMA (renta imponible del mes anterior) y la renta proporcional cuando hay combinación de días trabajados y días con licencia.
  • Jornadas parciales: para calcular correctamente las cotizaciones por Compensación por diferencias de expectativa de vida y, posteriormente, la Cotización con rentabilidad protegida.

Recomendaciones a empleadores

  • Revisar y actualizar procesos internos y software de remuneraciones para incorporar los nuevos campos, en caso de ser necesario, comuníquese con  el soporte de su proveedor de software o directamente en los canales de atención de la plataforma Previred.