SERVEL cuenta con nuevas atribuciones para administrar el plebiscito constituyente del 25 de octubre

El 25 de octubre de 2020, Chile tendrá por primera vez la oportunidad de decidir con total libertad y en plena democracia, la nueva Constitución con que se construirá el país del futuro.
El Servicio Electoral está facultado para fijar normas e instrucciones que permitan la realización del plebiscito en el contexto de la pandemia.
Dentro de las medidas que se tomarán, destacan:
Instrucciones especiales para la constitución, instalación y funcionamiento de mesas receptoras de sufragios.
Aumento del horario de funcionamiento de las mesas receptoras de sufragios.
Promoción de horarios preferentes de votación a diferentes grupos de personas, y establecimiento del horario de entrega de resultados preliminares desde el exterior.
Revisión del número, y causales de excusa o exclusión de los vocales de las mesas receptoras de sufragios y miembros de los colegios escrutadores, según criterios establecidos por la autoridad sanitaria.
Normas para determinar el aforo máximo de personas al interior de los locales de votación, según lo cual se deberá controlar el acceso a los mismos, así como el distanciamiento de electores tanto dentro como al exterior de dichos locales.
Regulación en el uso del lápiz para marcar la preferencia en las cédulas electorales, así como los útiles que deberán estar disponibles en las mesas receptoras de sufragios.
Establecimiento del número máximo de apoderados por cada opción plebiscitada que podrán estar presentes en las actuaciones de las juntas electorales y en las oficinas electorales de los locales de votación.
Decreto del uso obligatorio de mascarillas y otros medios de protección sanitaria para electores, y quienes se encuentren al interior de los locales de votación.
Dictación de un protocolo de carácter general y obligatorio, en acuerdo con el Ministerio de Salud, que contenga las normas y procedimientos sanitarios que deban cumplirse.
